¿Qué es la nulidad en un acto administrativo?

¿Qué es la nulidad en un acto administrativo?

La nulidad es la sanción legal que priva de sus efectos normales a un acto administrativo, en virtud de un vicio originario, es decir, existente en el momento de su emisión. La ilicitud en el objeto, en el fin o en la condición del acto produce su nulidad, ya sea absoluta o relativa.

¿Cuál es el efecto de la nulidad absoluta?

Siempre permite que el acto produzca provisionalmente sus efectos. Artículo 2228. La falta de forma establecida por la ley, si no se trata de actos solemnes, así como el error, el dolo, la violencia, la lesión, y la incapacidad de cualquiera de los autores del acto, produce la nulidad relativa del mismo.

¿Cuando un acto jurídico es ineficaz?

Los actos jurídicos pueden ser ineficaces en razón de su nulidad o de su inoponibilidad respecto de determinadas personas”.

¿Quién puede pedir la nulidad absoluta?

Puede alegar la nulidad absoluta todo el que tenga interés, y el heredero lo tiene, sin ni siquiera invocar este derecho como adquirido del causante. El artículo 1683 establece una prohibición, y las prohibiciones deben interpretarse restrictivamente y no por analogía.

¿Cuáles son las causales de nulidad relativa?

Nulidad relativa. La nulidad relativa hace referencia al vicio que sufre el contrato que puede ser saneado o solventado por las partes. El tercer inciso del artículo 1741 del código civil señala lo siguiente: «Cualquiera otra especie de vicio produce nulidad relativa, y da derecho a la rescisión del acto o contrato.»

¿Quién puede pedir la rescision?

Rescision del contrato. El acreedor no podrá pedir la rescisión del contrato, aún en el caso de no pagársele la pensión, ni podrá pedirla el deudor aún ofreciendo restituir el precio, y restituir o devengar las pensiones devengadas, salvo que los contratantes hayan estipulado otra cosa.

¿Qué es la acción de rescisión?

La rescisión​ es un concepto que hace referencia al negocio jurídico por el que se deja sin efecto, mediante declaración judicial, un negocio, contrato o acto jurídico. También conocida como la acción de nulidad de los contratos o negocios jurídicos, y en derecho notarial, como acción proforma.

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