¿Cómo se define la competencia de un tribunal?

¿Cómo se define la competencia de un tribunal?

Proc. Asunto, materia o territorio en el que un juez o tribunal puede ejercer su jurisdicción. El órgano judicial que ha de conocer de un determinado asunto además de tener jurisdicción ha de contar con la competencia específica para conocer del mismo.

¿Cómo se divide la competencia del Estado?

Se consideraba antiguamente dividida la competencia por razón de la materia, de calidad de las personas, y su capacidad y finalmente por el territorio. Sin embargo, la clasificación mas aceptada es la considerada como la competencia objetiva en cuanto al valor y la naturaleza de la causa; competencia territorial.

¿Qué es una competencia excluyente?

– Competencia Excluyente. Tratándose de demandas en contra del Estado, la competencia se radicará en el domicilio de la o del actor. Por su parte, la Competencia Excluyente pretende radicar inequívocamente la competencia a un solo juzgador, excluyendo como su nombre lo indica, la posibilidad de terceros competentes.

¿Qué es la competencia por grado en el juicio de amparo?

En el juicio de amparo existe la competencia por grado. También hay competencia por grado en el amparo que se promueve, en la competencia concurrente, ante el superior del tribunal responsable. En este supuesto, el recurso de revisión procede en términos equivalentes al amparo indirecto ante el juez de Distrito.

¿Qué es la jurisdiccion en Derecho PDF?

Podemos definir la jurisdicción como la función que ejercen órganos del Estado independientes o autónomos, a través del proceso, para conocer de los litigios o controversias que les planteen las partes y emitir su decisión sobre ellos; así como para, en su caso, ordenar la ejecución de dicha decisión o sentencia.

¿Qué es jurisdicción en materia de derecho?

En la Ley No. 025 se tiene el siguiente concepto de jurisdicción: «Es la potestad que tiene el Estado Plurinacional de administrar justicia; emana del pueblo boliviano y se ejerce por medio de las autoridades jurisdiccionales del Órgano Judicial» (Constitución Política del Estado, 2009, gaceta oficial).

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