¿Cómo se constituye y funciona una sociedad anónima?

¿Cómo se constituye y funciona una sociedad anónima?

La sociedad anónima es la que existe bajo una denominación y se compone por lo menos de dos socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones, es decir los socios responderán de las obligaciones o deudas de la sociedad hasta por el monto de sus acciones.

¿Cuáles son las características de una accion en una sociedad anonima?

La acción. Las acciones constituyen títulos de créditos que representan la participación de los socios en una parte alícuota del capital social de la sociedad, otorgando, por ende, derechos de orden patrimonial y corporativo en ella, y que son, además, títulos de inversión bursátil, eminentemente especulativos.

¿Qué tipo de responsabilidad tienen los socios por las deudas de la sociedad anónima?

En la sociedad anónima, los socios tienen la obligación de responder de forma subsidiaria por las deudas sociales, pero sólo hasta el monto de sus acciones, es decir, su responsabilidad es limitada.

¿Quién responde de las deudas de una sociedad anonima?

La responsabilidad de los socios, como indica el propio nombre de la sociedad, está limitada al capital aportado, lo que significa que sólo responde de las deudas de la entidad por el capital invertido.

¿Cuáles son las responsabilidades de los socios?

La responsabilidad de los socios es solidaria entre ellos y limitada a la cifra del capital que cada uno ha aportado, es decir, que los socios no responden con su patrimonio. Existe una excepción cuando se protegen los intereses de terceros, exigiendo la responsabilidad a los accionistas.

¿Cuáles son las responsabilidades de los socios en una sociedad mercantil?

Los socios serán responsables de las operaciones de la sociedad hasta un monto de igual valor a las aportaciones realizadas. En caso de que la sociedad incurra en deudas o no pueda cumplir con sus obligaciones, los socios solo deberán responder en proporción a sus aportaciones.

¿Qué es una sociedad anónima y para qué sirve?

La sociedad anónima es la reunión mercantil de dos o más socios, quienes aportan el capital social, el que se representa por acciones a efecto de desarrollar un objeto legal. Está regulada por lo establecido en los artículos 87 al 206 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

¿Quién ejerce la administración de la sociedad anonima?

El órgano de administración de la sociedad anónima es el directorio (art. 255), y el órgano de representación de la misma, es en principio el Presidente del Directorio, sin perjuicio de que el estatuto pueda autorizar la actuación de uno o más directores, en ambos supuestos se aplicará el art.

¿Quién y cómo se administra una SA?

La Sociedad Anónima (S.A.) por disposición legal es administrada siempre por un directorio, que en el caso de la Sociedad Anónima cerrada debe tener al menos 3 miembros y en el caso de la sociedad anónima abierta debe tener al menos 5. Siempre puede tener más. También puede tener miembros suplentes.

¿Qué pasa si la sociedad anónima no se encuentra inscrita en el Registro Público?

Las sociedades no inscritas en el Registro Público de Comercio serán sociedades irregulares. Los socios no culpables de la irregularidad podrán exigir daños perjuicios a los culpables y a los que actuaren como representantes o mandatarios de la sociedad anónima.

¿Cuáles son las responsabilidades de los socios de una sociedad anonima?

El principio general es que la responsabilidad de los accionistas en Colombia en sociedades anónimas y en sociedades por acciones simplificadas está limitada a su aporte y solo excepcionalmente los accionistas responden por las obligaciones de la sociedad.

¿Cómo responden los socios de una sociedad anonima?

Con respecto a la responsabilidad, los directores de la S.A. responden ilimitada y solidariamente hacia la sociedad, los accionistas y los terceros, por el mal desempeño de su cargo, por la violación de la ley, el estatuto o el reglamento y por cualquier otro daño producido por dolo, abuso de facultades o culpa grave.

¿Qué es una sociedad para la ley 26887?

Quienes constituyen la Sociedad convienen en aportar bienes o servicios para el ejercicio en común de actividades económicas. Toda sociedad debe adoptar alguna de las formas previstas en esta ley. La sociedad se constituye cuando menos por dos socios, que pueden ser personas naturales o jurídicas.

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