¿Dónde puedo publicar un edicto?

¿Dónde puedo publicar un edicto?

Por lo general se publican en periódicos de amplia circulación o fijados en la sede o página web de una autoridad pública, como por ejemplo en Asuntos Legales (AL) o en otras publicaciones periódicas.

¿Qué es la publicación de edictos?

¿Qué es la publicación de edictos? Es un emplazamiento o aviso mediante el cual se cita a un ciudadano para dar cuenta de una acción legal que lo involucra o para informarle del estado de un proceso legal en el que forma parte. Depende del tipo de edicto y el diario al que esta asignado dicho edicto.

¿Cómo se cuenta el plazo de publicación de edictos?

Hay una dudas que se presenta frecuentemente: ¿cómo se cuentan los días de los edictos? ¿se trata de días hábiles o corridos?. Son 30 días corridos, conforme resulta del art. 6°, pero que en las normas procesales se excluyen los días de feria judicial (art.

¿Cómo se realiza la notificacion por edicto?

Proc. Notificación realizada mediante la fijación de la copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios del juzgado, o en su caso, en boletines oficiales o periódicos, que se emplea cuando se desconoce el domicilio del destinatario, o no puede ser encontrado.

¿Cuándo surte efectos la notificacion por edictos?

Las notificaciones surtirán sus efectos al día hábil siguiente en que fueron hechas y al practicarlas deberá proporcionarse al interesado copia del acto administrativo que se notifique. Si ésta se niega a una u otra cosa, se hará constar en el acta de notificación.

¿Cuánto tiempo se debe publicar un edicto?

El edicto consiste en una publicación que se efectúa en un lugar visible de la secretaria del juzgado por el termino de tres días, cuya finalidad es notificar a las partes el fallo del proceso, se entiende surtida una notificación efectuada por edicto, una vez vencido el termino de fijación, es decir, tres días.

¿Cuándo se publica un edicto?

La publicación puede realizarse por alguno de los siguientes medios: En el portal Trámites y Servicios del SAT durante quince días, en el Diario Oficial de la Federación durante tres días o en un diario de mayor circulación, por un día.

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