Que necesito para tramitar mi pension por viudez en el IMSS?
¿Qué necesito para tramitar mi pensión por viudez en el IMSS?
- Tuyos, como asegurado: ❑ Documento que contenga el Número de Seguridad Social. expedido por el IMSS, INFONAVIT o AFORE, no necesario.
- ❑ CURP. ❑ Comprobante de domicilio, con antigüedad no mayor a 3.
- ❑ Constancia testimonial con la que acredites la dependencia. económica expedida por la autoridad judicial competente,
¿Cuál es el porcentaje de pensión que le dan a una viuda?
El monto de la pensión por Viudez, será del 40% de la pensión de Incapacidad o del 90% de la pensión de Invalidez, dependiendo de que seguro originó la pensión.
¿Cómo puedo solicitar una pensión de viudez orfandad y ascendientes?
¿Quién puede solicitar una pensión de Ascendientes?
- Acreditar el vínculo filial con el asegurado o pensionado fallecido.
- Acreditar la dependencia económica con el asegurado o pensionado fallecido.
- Que no exista cónyuge, hijos o concubina (rio) con derecho a la pensión.
¿Quién tiene derecho a pensión de viudez?
La pensión de viudez se otorga a la viuda esposa y a falta de esta a la concubina del asegurado o pensionado del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) fallecido.
¿Cuánto tiempo tengo para solicitar la pensión por viudez?
Los beneficiarios cuentan con el término de 1 año contado a partir de la fecha en que falleció el trabajador para solicitar dicho pago.
¿Cómo puedo perder mi pensión por viudez?
La muerte del trabajador o pensionado ocurriera antes de cumplir seis meses de matrimonio. Cuando hubiese contraído matrimonio con el trabajador después de haber cumplido éste los cincuenta y cinco años (55) de edad, a menos que a la fecha de la muerte haya transcurrido un año desde la celebración del matrimonio.
¿Cuando el esposo muere la pensión pasa a la esposa?
La pensión de viudez se otorga a la viuda esposa y a falta de ésta a la concubina del asegurado o pensionado fallecido en los seguros de Riesgos de Trabajo, Invalidez, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada o Vejez. Si al morir el asegurado tenía varias concubinas, ninguna de ellos gozará de pensión.
¿Cómo se calcula una pensión por viudez?
Viuda: 50% Hijo: 20% (hasta los 18 años)….Sobre esa base se calcula un porcentaje de alrededor del 70 % entre los beneficiarios:
- El 70% para la viuda, viudo o conviviente, si no hay hijos con derecho a pensión.
- El 50% para la viuda, viudo o conviviente, si existen hijos con derecho a pensión.
- El 20% para cada hijo.
¿Quién puede solicitar una pensión de orfandad?
La pensión de orfandad se otorga a los hijos de asegurados o pensionados fallecidos, que comprueban el vínculo hasta los 15 años de edad. Los hijos a partir de los 16 años y hasta los 25 años deberán comprobar estudios, exceptuando los casos de hijos con una Invalidez otorgada por el IMSS.
¿Qué pasa con pensión de viudez?
La pensión de viudez se otorga a la viuda esposa y a falta de ésta a la concubina del asegurado o pensionado fallecido en los seguros de Riesgos de Trabajo, Invalidez, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada o Vejez. Si al morir el asegurado tenía varias concubinas, ninguna de ellas gozará de pensión.
¿Qué pasa si el IMSS me niega la pensión por viudez?
Pese a ser un proceso que durará un promedio de dos años, el IMSS deberá de otorgar la pensión como viudo o concubinario, pues no se pueden solicitar más requisitos al hombre que a la mujer. Cuando esto pase, deberán entregar los montos retroactivos que le fueron negados durante el proceso de litigio.
¿Cómo cobrar la pensión de mi esposo fallecido?
El derecho al goce de la pensión de viudez se da al cumplir los siguientes requisitos:
- El asegurado(a) fallecido(a) debería tener 150 semanas de cotización al momento de su muerte, excepto si el fallecimiento ocurrió a causa de un riesgo de trabajo.
- El asegurado(a) debe estar vigente en sus derechos.
