Preguntas más frecuentes

Que es la letra de cambio en blanco?

¿Qué es la letra de cambio en blanco?

Es la letra que lleva la firma de alguno de los obligados a su pago (por ejemplo, el librador o el aceptante), pero carece de todos o de algunos de los demás requisitos esenciales para la válida creación de la letra.

¿Cómo se hace una letra de cambio?

Conceptos que se deben diligenciar en una letra de cambio.

  1. Nombre del girador.
  2. Firma del girador.
  3. Nombre del girado.
  4. Número de la letra.
  5. Fecha en que se elabora la letra de cambio.
  6. Lugar donde se debe pagar.
  7. Valor de la deuda en letras.
  8. Valor de la deuda en números.

¿Qué pasa si no puedo pagar una letra de cambio?

Sumilla: El protesto por falta de pago de títulos valores pagaderos a la vista -distintos al Cheque- debe realizarse desde el día siguiente de su emisión, durante el lapso de su presentación al pago e, inclusive, hasta los 8 (ocho) días posteriores al vencimiento del plazo legal o del señalado en el mismo título como …

¿Qué pasa cuando se firma una letra?

La firma y aceptación de la letra de cambio implica que el aceptante reconoce y acepta la obligación, lo que permite cumplir con uno de los requisitos de todo título ejecutivo: que provenga del deudor.

¿Cuál es el procedimiento para cobrar una letra de cambio?

Si el vencimiento no está indicado, se entenderá que la letra de cambio es “pagadera a la vista”. Lugar donde el pago debe efectuarse. Si no se indica, deberá realizarse en el domicilio del librado. Nombre y apellidos de la persona a quien debe hacerse el pago o a cuya orden debe realizarse, beneficiario o tomador.

¿Cómo puede ser girada la letra de cambio?

La letra de cambio puede ser girada a la orden del mismo girador. Puede ser igualmente girada a cargo del mismo girador, cuando sea pagadera en lugar diverso de aquél en que se emita.

¿Qué es una letra de cambio a la vista?

Se entiende que una letra de cambio es pagadera a la vista, cuando se la debe cancelar al momento de ponerla a la vista del girado. Se entiende que es a cierto plazo de vista, cuando el plazo para su pago se cuenta a partir de la vista.