Que dice el articulo 772 del Codigo de Comercio?
¿Qué dice el artículo 772 del Código de Comercio?
Factura. No podrá librarse factura alguna que no corresponda a bienes entregados real y materialmente o a servicios efectivamente prestados en virtud de un contrato verbal o escrito. El emisor vendedor o prestador del servicio emitirá un original y dos copias de la factura.
¿Cómo se define el concepto de factura según el artículo 772 del Código de Comercio colombiano?
El artículo 772 del Decreto 410 de 1971, Código de Comercio, quedará así: Factura es un título valor que el vendedor o prestador del servicio podrá librar y entregar o remitir al comprador o beneficiario del servicio.
¿Qué dice el artículo 68 del Código de Comercio?
La costumbre mercantil tendrá la misma autoridad que la ley comercial, siempre que no la contraríe manifiesta o tácitamente y que los hechos constitutivos de la misma sean públicos, uniformes y reiterados en el lugar donde hayan de cumplirse las prestaciones o surgido las relaciones que deban regularse por ella.
¿Cuándo se da por aceptada una factura?
Recordemos que existen dos formas de aceptar una factura; expresa y tácita. Es decir que luego de 3 días hábiles de hábiles siguientes a la fecha en que se recibe la factura, la factura se entiende aceptada si el comprador no la rechaza, y es lo que se conoce como aceptación tácita.
¿Qué dice el artículo 774 del Código de Comercio?
ARTÍCULO 774. REQUISITOS DE LA FACTURA. El emisor vendedor o prestador del servicio, deberá dejar constancia en el original de la factura, del estado de pago del precio o remuneración y las condiciones del pago si fuere el caso. A la misma obligación están sujetos los terceros a quienes se haya transferido la factura.
¿Qué son los titulos valores Código de Comercio?
Los títulos-valores son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora. Pueden ser de contenido crediticio, corporativos o de participación y de tradición o representativos de mercancías.
¿Qué es la factura Cambiaria según el Código de Comercio?
El artículo 591 del Código de Comercio de Guatemala, Decreto Número 2-70 del Congreso de la República de Guatemala, preceptúa que: “La Factura Cambiaria es el título de crédito que en la compraventa de mercaderías el vendedor podrá librar y entregar o remitir al comprador y que incorpora un derecho de crédito sobre la …
¿Qué es una letra de cambio según el Código de Comercio?
La letra de cambio es uno de los Títulos valores que se extiende por una persona (acreedor – librador) y recoge una obligación de pago aceptada por otra persona (deudor – librado) de una cantidad determinada en la fecha de su vencimiento, y que se encuentra regulado por el Código de comercio Colombiano en sus artículos …
¿Cuánto tiempo se da por aceptada una factura electrónica?
Deben incluir la leyenda “En cumplimiento de la Ley 1231 de 2008, modificada por la Ley 1676 de 2013 la Empresa dará por aceptada irrevocablemente la factura a los tres (3) días hábiles siguientes a su recepción, de lo contrario, el rechazo se informará a través del mecanismo electrónico apropiado.
¿Cuál es el plazo para aceptar una factura electrónica?
Es importante que se rechazo sea expreso y dentro del término de los 3 días hábiles siguientes a la recepción del mensaje electrónico que contiene la factura. Si no se rechaza la factura de forma expresa, o se hace luego de los 3 días hábiles, la factura se habrá aceptado tácitamente con lo que ello implica.
