Que dice el articulo 56 del Codigo Penal?
¿Qué dice el artículo 56 del Código Penal?
ARTICULO 56.- Cuando concurrieren varios hechos independientes reprimidos con penas divisibles de reclusión o prisión se aplicará la pena más grave, teniendo en cuenta los delitos de pena menor.
¿Qué dice el artículo 239 del Código Penal?
Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal.
¿Cuál es el artículo de la legitima defensa?
La legítima defensa es una figura clásica del derecho penal. Está consagrada en el código colombiano (ley 599 de 2.000, artículo 32), y significa la ausencia de responsabilidad para quien desarrolla el comportamiento prohibido por la ley, cuando obra en determinadas circunstancias que lo eximen de ser penado.
¿Cuáles son los delitos contra la honestidad?
El título III de la parte especial del Código Penal, denominado “Delitos contra la honestidad” contenía cinco capítulos: adulterio –derogado por ley 24.453–; violación y estupro; corrupción, abuso deshonesto y ultrajes al pudor; rapto y disposiciones comunes.
¿Qué dice el artículo 209 del Código Penal?
Comete el delito de lenocinio quien habitual o reiteradamente obtenga una ventaja económica u otro beneficio procedente de los servicios sexuales de otra persona mayor de edad. A quien cometa este delito se le aplicará prisión de dos a seis años y de quinientos a mil días multa.
¿Qué dice el artículo 60 del Código Penal?
ARTICULO 60. – Se considerará imputado a toda persona que en cualquier acto o procedimiento se lo indique o detenga como autor o partícipe de la comisión de un delito.
¿Qué dice el artículo 205?
Art. 205 CPN: Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia.
¿Qué dice el artículo 173 del Código Penal?
1. El que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.
¿Qué dice el artículo 173?
Al que dolosamente haga uso de un objeto o documento falso o alterado, pretendiendo que produzca efectos legales, se le impondrá prisión de dos a siete años y de cien a quinientos días multa.
