Preguntas más frecuentes

Cuales son las reformas que ha tenido el articulo 27 constitucional?

¿Cuáles son las reformas que ha tenido el artículo 27 constitucional?

Con la reforma de 1992 al artículo 27, por primera vez se permite la venta del suelo ejidal y comunal, lo cual supuestamente permitiría que paulatinamente se reemplazara su venta ilegal por su incorporación ordenada al desarrollo urbano legal.

¿Cuándo se creó el artículo 27 constitucional?

Este sexto párrafo del artículo 27 constitu- cional ha sido objeto de cuatro reformas; la primera publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de noviembre de 1940, la segunda el 20 de enero de 1960, la tercera el 29 de diciembre de 1960 y la cuarta el 6 de febrero de 1975.

¿Cómo impactan las reformas del artículo 27 en el campo mexicano?

Las reformas al artículo 27 impactan a la posesión tanto del ejido como de las tierras comunales y rompen las reservas legales que hacían suponer a la tierra, incluyendo la de los asentamientos humanos, como “patrimonio familiar”.

¿Por que surge el artículo 27?

La Reforma Agraria de la posrevolución en el siglo XX, permitió que muchos pueblos recuperaran sus territorios, o se les dotara con nuevas tierras. En un principio el artículo 27 no mencionaba en forma expresa a los indios ni sus territorios (ningún artículo de la Constitución de 1917 lo hacía).

¿Cuáles son los tres artículos de la constitución que se modifican o reforman derivado de la Revolución Mexicana?

Los artículos 30, 27 y 123 de la Carta Magna, son claros ejemplos del sentido social de la constitución del Estado mexicano, derivado de la Revolución.

¿Cuántas reformas agrarias ha tenido México?

– Durante el siglo XX México ha realizado dos reformas agrarias con el objetivo fundamental de intensificar las políticas de corte capitalista o neoliberal. La primera reforma consistió en la expropiación de tierras a los hacendados y su entrega a los campesinos creando los ejidos.

¿Cuál es el artículo 27 constitucional?

Artículo 27.- La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.

¿Quién redacta el artículo 27?

La Ley de 6 de enero de 1915 se expidió en el puerto de Veracruz, por Venustiano Carranza con base —repito— en el Page 12 Manuel RUIZ DAZA 434 artículo 2° del Decreto de 12 de diciembre de 1914.

¿Cuántas reformas principales ha tenido el Artículo 27 Constitucional en materia agraria?

En los ANTECEDENTES se exponen tanto los antecedentes formales a nivel Constitucional que se han dado desde la primera Constitución de nuestra vida independiente de 1824, hasta la vigente de 1917, señalándose tanto su texto original, como las 16 reformas que ha tenido el artículo 27 Constitucional vigente.

¿Qué nos dice el artículo 27?

¿Qué es el artículo 27 constitucional?

COMENTARIOS AL ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL229 expresión es la que ha prevalecido en la práctica jurídica internacional,6

¿Qué es el artículo 27 constitucional en materia de aguas?

COMENTARIOS AL ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE AGUAS* I. Delimitación conceptual a modo de introducción Con el objeto de facilitar el análisis del contenido y significado del artículo 27 de nuestra carta magna en materia de aguas, iniciamos nues- tro comentario a este precepto constitucional con una precisión de tipo conceptual.

¿Cuál es el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?

Dentro del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se señala que el dominio sobre tierras y aguas comprendidas dentro del territorio nacional corresponde originalmente a la nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares.