Preguntas más frecuentes

Cuales eran las funciones de los alcaldes mayores?

¿Cuáles eran las funciones de los alcaldes mayores?

Los alcaldes mayores tenían a su cargo los cuatro rubros de gobierno: justicia, guerra, hacienda y gobierno. En lo que más cuidado pusieron fue en la recaudación de tributos y rentas reales, así como en el cuidado y vigilancia de la población indígena, y en la de jueces.

¿Qué función cumplia el corregidores?

Estaban también los corregidores, funcionarios reales que presidían las corporaciones y cumplían labores judiciales. Las funciones del cabildo fueron múltiples, y abarcaron los más diversos ámbitos.

¿Cuál es la función del alcalde menor?

Antiguamente se los denominaba justicias. Sus funciones eran policiales y judiciales; el mantenimiento del orden y la seguridad pública y la administración de justicia tanto en las causas civiles como criminales. Estas últimas se llevaban a cabo en forma alternada, o sea por turnos.

¿Qué hacian los corregidores en el virreinato?

El corregidor y justicia mayor fue la autoridad política, administrativa y judicial con mayor presencia en el virreinato del Perú. Fue el «brazo del gobierno» en cada una de las provincias en la que se estableció y el encargado de hacer cumplir la ley en los más recónditos lugares del reino.

¿Que eran los corregidores de indios?

La Corona instituyó el cargo de corregidor, con el objeto de que oficiara como arbitro dirimidor de las contradicciones conflictos entre indígenas y españoles, y genéricamente, todos los estamentos sociales de la comunidad colonial: encomenderos, curas, hacendados y también entre caciques indígenas.

¿Qué pasó con los grupos indígenas después de la conquista?

Las epidemias que trajeron los colonizadores eliminaron el 90% de la población indígena durante el siglo XVI. Sin embargo, para 1700, la población se había reducido de manera dramática a 5 millones; lo que representa la desaparición de 60 millones de indígenas, unos 400 mil cada año.

¿Quién era el corregidor de los ayuntamientos?

Las funciones eran las propias de un gobernador con competencias en justicia, policía, hacienda, guerra, comercio y obras públicas. Al corregidor competía exclusivamente la convocatoria y presidencia de los ayuntamientos, donde actuaba como moderador de los debates, reservando su voto de calidad en caso de empate o desacuerdo entre los regidores.

¿Por qué los señores no podían nombrar alcaldes mayores?

En 1811, las Cortes abolieron los señoríos jurisdiccionales; por esto, los señores no podían poner y nombrar alcaldes mayores. Al ser disuelta las Cortes volvió el sistema previo a 1808, pero los señores ya no tenían el derecho de poner y nombrar alcaldes mayores; el derecho de nombrar alcaldes mayores quedó en el rey.

¿Cuál es la posición legal del alcalde mayor?

La primera mención del Alcalde Mayor como posición legal está en el Ordenamiento de Alcalá, donde en la ley 11 del título 20 que estableció la pena de muerte a los que hieren o matan a los alcaldes mayores de Toledo, Ávila, Córdoba, Sevilla, Jaén, Murcia o Algecira.

¿Cuáles eran los tipos de corregidores?

Había tres tipos de corregidores, designados en función de la naturaleza del corregimiento, y todos tenían las mismas facultades en lo judicial y político: Letrados. Si bien los corregidores no letrados debían oír obligatoriamente el dictamen de los alcaldes mayores, que eran sus asesores en los asuntos contenciosos: