Preguntas más frecuentes

Como se calcula el auxilio de cesantia en Honduras?

¿Cómo se calcula el auxilio de cesantia en Honduras?

Lo primero que haremos es estimar tu salario promedio. Este es tu salario promedio mensual. Para los 10 meses, calculamos la cantidad de días transcurridos, que en este caso serían 300 (30 días por 10 meses). Ese será el total de tu indemnización o auxilio de cesantía.

¿Cuántos años se pagan de prestaciones en Honduras?

Por mayor antigüedad no se paga más de 15 meses, y entonces se está ampliando el término a 25 meses por 25 años de servicio. Si un trabajador es despedido injustamente y tiene 26 años o más de antigüedad en la empresa, lo máximo que le pagará su patrono son dos meses de preaviso y 25 meses de cesantía.

¿Cómo se calcula el monto de liquidación de un trabajador?

La liquidación por despido está compuesta por el pago de los siguientes conceptos:

  1. 3 meses de salario por indemnización.
  2. 20 días de sueldo por cada año trabajado.
  3. Prima de antigüedad equivalente a 12 días de salario por cada año trabajado.
  4. Pago de partes proporcionales de aguinaldo.
  5. Vacaciones y prima vacacional.

¿Cómo calcular mi liquidación laboral en Republica Dominicana?

La cesantía se calcula dividiendo el total de los salarios obtenidos durante el último año o fracción de año, entre el número de meses trabajados y el resultado se dividirá a su vez entre 23.83. Las vacaciones se calculan dividiendo el total del salario obtenido en el último mes entre 23.83.

¿Cómo calcular el cesantia?

¿Cómo se calcula la cesantía en Republica Dominicana?

  1. 3 a menos de 6 meses de antigüedad, 6 días de salario ordinario.
  2. 6 meses a menos de 1 año, corresponden 13 días de salario ordinario.
  3. 1 año a menos de 5, se pagan 21 días de salario ordinario por año de servicio.

¿Qué es lo que te pagan cuando renuncias?

Si usted renuncia a su empleo, no le deben abonar indemnizaciones (art. 245, 232, 233) pero sí le deben abonar el sueldo de lso días trabajados este mes, el proporcional de vacaciones no gozadas y el de aguinaldo (SAC).