¿Cuántos digitos tiene la clave privada?
¿Cuántos digitos tiene la clave privada?
Cree y capture la contraseña de la llave privada, al igual que la contraseña anterior no deberá olvidarla ya que sólo usted conoce dicha contraseña. Deben ser mínimo 8 caracteres y menos de 255, debe ser alfanumérico (es decir letras y números) y se recomienda utilizar mayúsculas para mayor seguridad de la clave.
¿Cómo sé cuál es mi folio fiel?
¿CÓMO TRAMITAR LA FIEL Y EL SELLO DIGITAL?
- Paso 1. Generar tu solicitud (archivo REQ)
- Paso 2. Firma por duplicado la solicitud e.Firma SAT.
- Paso 3. Solicitar cita en el SAT y obtener tu FIEL.
- Paso 4. Generar en tu computadora tu sello digital (CSD)
¿Cómo actualizar mi correo en el SAT persona fisica?
Requisitos
- Acude a la Oficina del SAT de tu preferencia (ADSC).
- Proporciona tu RFC.
- Solicita la actualización del correo.
¿Cómo recuperar mi correo del SAT?
¿Cómo recuperar tu acuse de registro de correo en el SAT? En caso de que hayas olvidado o perdido el acuse de confirmación y quieras obtenerlo de nueva cuenta, bastará con que accedas a la sección de “Mis expedientes” y luego des clic a la opción de “Mis comunicados”.
¿Cómo cambiar el correo en el buzón tributario?
¿Cómo activar o actualizar correo en el buzón tributario del SAT?
- Entra al sitio sat.gob.mx e inicia sesión con tu contraseña o e.
- Da clic en el icono «Configuración» ubicado en el Menú de accesos rápidos (icono de una silueta de usuario) situados a la izquierda de la leyenda gob.mx en la parte superior del portal.
¿Cómo actualizar mi información en el SAT?
- Ingresa Portal del SAT.
- Selecciona la modalidad de Empresa, el apartado «Trámites del RFC», expande el menú de «Actualización en el RFC», enseguida dar clic en la opción «Presenta el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones de tu empresa», da clic en iniciar e ingresa con RFC y Contraseña.
¿Cómo actualizar mis datos del RFC en el SAT?
- Registra tu RFC y contraseña.
- Selecciona la opción «Servicios por internet» seguido de «solicitud».
- Captura la información requerida en la solicitud.
- Adjunta tu archivo con extensión .txt o .zip.
- Guarda tu caso de solicitud o servicio.
- Imprime tu acuse de recepción.
¿Cómo actualizar mi RFC sin contraseña?
– Ingresa a la página del SAT, busca la opción de “Servicios” y selecciona “Reimpresión de acuses RFC”, luego podrás elegir la opción “Olvidé mi contraseña” para el proceso de recuperación.
¿Cómo saber si mi RFC está actualizado?
Ingresa al Portal del Servicio de Administración Tributaria www.sat.gob.mx, en la sección de Personas/ Inscripción y Actualización / Actualización en el RFC / Verifica si estas registrado en el RFC, donde se ubica la herramienta Consulta Contribuyente.
¿Cómo inscribirse al Rif sí ya tengo RFC?
Puedes hacerlo:
- En el Portal del SAT/Trámites del RFC/Obtén tu RFC con la Clave Única de Registro de Población (CURP).
- De manera presencial en nuestras oficinas, o ante las oficinas autorizadas de las entidades federativas, con tu identificación oficial.
- Llamando a MarcaSAT 55 627 22 728.
¿Cómo darse de alta en el Rif por Internet?
Régimen de Incorporación Fiscal
- Ingresar a la dirección www.sat.gob.mx.
- Capturar la CURP y el domicilio del negocio.
- Indicar el tipo de ingreso señalando la opción “Tienes un negocio y eres: Régimen de incorporación fiscal, antes REPECO” e identificar la actividad económica.
¿Qué se necesita para el regimen de incorporacion fiscal?
El Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) es un nuevo esquema de tributación opcional introducido en la Reforma Fiscal aprobada en 2013 para las personas físicas que realizan actividades empresariales con ingresos menores de dos millones de pesos.
¿Cómo hago para sacar el RIF por primera vez?
Requisitos para sacar el RIF
- Ingresas al sitio web de SENIAT RIF para ver los requisitos para sacar el rif: www.seniat.gob.ve.
- Estando allí, vas a Sistemas en línea y das clic en: “Inscripción RIF”
- Debes completar los datos que te piden en la pantalla y que hacen parte de los requisitos para sacar el rif, tales como:
¿Qué personas pueden tributar en el regimen de incorporacion fiscal?
Accionistas. Integrantes de personas morales. Realicen actividades relacionadas con bienes raíces, capitales inmobiliarios, negocios inmobiliarios o actividades financieras. Las personas físicas que obtengan ingresos por concepto de espectáculos públicos y franquiciatarios.
¿Qué es el regimen de incorporacion fiscal 2020?
Es el régimen que permitirá ampliar la base de contribuyentes; sustituye a los Regímenes de Intermedios que no rebasaron de 2 millones de pesos en el ejercicio y REPECOS, además busca incorporar aquellos que opten por tributar en éste Régimen.
¿Qué es un régimen de incorporación fiscal?
Como su nombre lo indica, el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) busca incorporar a la economía formal a personas físicas con actividades empresariales cuyos ingresos no rebasen los dos millones de pesos anuales.
¿Qué beneficios tiene el regimen de incorporacion fiscal?
Reducción en el pago de impuestos (Servicio de Administración Tributaria), crédito para la vivienda de tus trabajadores (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores), salud y seguridad social para ti, tu familia y trabajadores (Instituto Mexicano del Seguro Social), financiamiento económico para …
¿Quién puede ser Rif 2020?
A partir de junio de 2020, una persona que obtenga ingresos a través de plataformas digitales deberá tributar dentro del Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales.
¿Cuándo nació el regimen de incorporacion fiscal?
El Régimen de Incorporación Fiscal nació con la reforma fiscal de 2014 reemplazando al anterior Régimen de Pequeños Contribuyentes, este régimen tiene el objetivo de incrementar la formalidad. Es una alternativa cuando iniciamos un negocio y se prevé que se tendrán ingresos bajos durante los primeros años.
¿Qué actividades entran en el Rif?
Conoce el Régimen de Incorporación Fiscal
- Venta de bienes, por ejemplo: tienda de abarrotes, papelería, carnicería, frutería, dulcería, tianguista, locatario de mercado, entre otros.
- Prestación de servicios que no requieran título profesional, por ejemplo: salón de belleza, plomería, carpintería, herrería, albañilería, taxista, entre otros.
¿Qué pasa si un RIF rebasa los 2 millones en el mismo año?
– El excedente de ingresos sobre los dos millones se declararán bajo el régimen de actividades empresariales, conjuntamente con los ingresos del mes por el cual presentan el primer pago provisional bajo este régimen.