Cuanto tiempo se tarda en dar de alta en el IMSS?
¿Cuánto tiempo se tarda en dar de alta en el IMSS?
5 días hábiles
La afiliación de los empleados consiste en inscribir a los empleados en el IMSS. Es obligación del patrón inscribirlos en un plazo máximo de 5 días hábiles desde su contratación en la empresa de acuerdo al art. 15 de la Ley del Seguro.
¿Qué se necesita para dar de alta a mi pareja en el IMSS si no estamos casados?
Si vives en pareja pero no te has casado por el civil, de acuerdo con la Ley del Seguro Social tienes derecho a asegurar a la persona si comparten el mismo domicilio, si ha dependido económicamente de ti por mínimo 5 años, y también si tienen un hijo en común.
¿Cuántos días tengo para dar de alta a un trabajador en el IMSS 2021?
El artículo 15, fracción I, de la LSS, establece que los patrones están obligados a inscribir a sus trabajadores en el IMSS dentro de plazos no mayores de cinco días hábiles.
¿Cuánto se tarda en dar de alta a un trabajador?
Por su parte, los trabajadores deben entregar a la empresa, en un plazo máximo de 3 días, los partes de baja de enfermedad, así como los partes de confirmación de la misma. Los partes de alta, por su parte, deben comunicarse en el plazo máximo de 24 horas.
¿Cómo dar de alta a mi cónyuge en el IMSS?
Concubina(o):
- Identificación oficial (Referencia Nota 1)
- Número de Seguridad Social.
- CURP.
- Fotografía Infantil.
- Comprobante de domicilio (Referencia Nota 2)
- Acta de nacimiento (en caso de existir hijos en común).
¿Qué tengo que hacer si perdí mi cartilla del IMSS?
Por esta razón, lo más recomendable es guardar muy bien en un sitio seguro el tarjetón del IMSS una vez este se le es dado. Si por algún motivo le roban dicha tarjeta o se le extravía no podrá gestionar prácticamente ningún trámite en las oficinas de la subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social.
¿Qué se necesita para renovar el carnet del IMSS?
Comprobante de domicilio (Referencia Nota 2) Acta de nacimiento o acta de adopción o acta de reconocimiento….Registro en UMF
- Identificación oficial (Referencia Nota 1)
- Número de Seguridad Social.
- CURP.
- Fotografía Infantil.
- Comprobante de domicilio (Referencia Nota 2)
