Consejos útiles

¿Cuáles son los documentos registrales?

¿Cuáles son los documentos registrales?

Los Documentos Registrales: Son aquellos donde ha intervenido en su formación el funcionario autorizado según la Ley de Registro Público y del Notariado para tales funciones. Art. 13- 23 y 25. Los Registradores merecen Fe Pública en todos los actos, declaraciones y certificaciones que con tal carácter autoricen”.

¿Qué se debe inscribir en el Registro Público de Comercio?

La inscripción o matrícula en el registro mercantil es potestativa para los individuos que se dediquen al comercio y obligatoria para todas las sociedades mercantiles por lo que se refiere a su constitución, transformación, fusión, escisión, disolución y liquidación y para los buques.

¿Cuál es la función del Registro Público de Comercio?

El Registro Público de Comercio es el órgano encargado de registrar los distintos actos que intervienen en la vida societaria. La Ley 22.280 dispuso que las funciones inherentes al Registro Público de Comercio (RPC, en adelante) podrían quedar indistintamente a cargo del órgano judicial o administrativo local.

¿Cuáles son los actos inscribibles en el Registro Mercantil?

Actos inscribibles La constitución de sociedades. Los cambios de domicilios sociales o modificaciones de estatutos. Transformaciones, fusiones, escisiones o liquidaciones de las sociedades. Las quiebras, medidas judiciales de intervención o resoluciones judiciales o administrativas que afecten a las sociedades.

¿Qué norma regula el Registro Mercantil?

Decreto 1879 de 2008 Reglamenta la Ley 232 de 1995, el artículo 27 de la Ley 962 de 2005, los artículos 46, 47 y 48 del Decreto Ley 2150 de 1995 y dicta otras disposiciones.

¿Qué es la inscripcion en el Registro Mercantil?

La inscripción en el Registro Mercantil sirve para dejar constancia de un hecho, como puede ser la constitución de una sociedad, y darle publicidad. Esta inscripción tiene carácter obligatorio, salvo en los casos en que se disponga lo contrario expresamente, como es el del empresario individual, e que es potestativo.

¿Cómo se registran las sociedades?

Cómo constituir una sociedad paso a paso

  1. Registro Mercantil. Pide en el Registro Mercantil una certificación negativa del nombre de la sociedad.
  2. Cuenta en un banco.
  3. Redacta los estatutos sociales.
  4. Redacta un Pacto de Socios.
  5. Escritura ante notario.
  6. CIF e IAE.
  7. Inscripción en el Registro Mercantil.
  8. Solicita el CIF definitivo.

¿Cómo inscribir una empresa en el Registro Mercantil de Guatemala?

Apertura de una empresa individual (mercantil)

  1. Ingrese al portal de Minegocio.gt.
  2. Crear una cuenta de usuario o de notario.
  3. Verificar el nombre de la empresa: cada resultado tiene un costo de Q2, más Q0.
  4. Completar datos de la solicitud.
  5. Adjuntar documentos escaneados.

¿Qué documentos extiende el Registro Mercantil al autorizar una SA?

Para la Sociedad Anónima, a diferencia del Comerciante Individual, se extenderá 2 patentes:

  • Una patente de comercio de empresa.
  • Y una patente de comercio de Sociedad, y será la Sociedad Anónima la propietaria de la empresa y no personas individuales como en el caso del Comerciante Individual.

¿Cómo autorizar libros en el Registro Mercantil?

Presentar en la Ventanilla de Autorización de Libros del Registro Mercantil solicitud que contenga: 2.1 Nombre del propietario de la empresa o representante legal de la sociedad. 2.2 Nombre de la empresa o sociedad y consignar el número de Expediente. 2.3 Deberá indicar: Nombre de libros y cantidad de hojas.

¿Qué pasos son necesarios para crear una empresa en el Registro Mercantil?

Original y fotocopia del acta de nombramiento del representante legal nombrado en la escritura constitutiva de la sociedad. El original y fotocopia del documento de identificación del solicitante. Original y fotocopia de recibo de luz agua o teléfono del inmueble de la sociedad.

Preguntas comunes

Cuales son los documentos registrales?

¿Cuáles son los documentos registrales?

Los Documentos Registrales: Son aquellos donde ha intervenido en su formación el funcionario autorizado según la Ley de Registro Público y del Notariado para tales funciones. Art. 13- 23 y 25. Los Registradores merecen Fe Pública en todos los actos, declaraciones y certificaciones que con tal carácter autoricen”.

¿Cuándo es obligatorio hacer un contrato por escrito?

Deberán constar por escrito los contratos de trabajo cuando así lo exija una disposición legal y, en todo caso, los de prácticas y para la formación y el aprendizaje, los contratos a tiempo parcial, fijos-discontinuos y de relevo y los contratos para la realización de una obra o servicio determinado; también constarán …

¿Qué tipos de contratos deben celebrarse por escrito?

  • TIPOS DE CONTRATOS EN COLOMBIA.
  • Contrato a término fijo (Art. 46 del Código Sustantivo de Trabajo y Art.
  • Contrato a Término Indefinido (Art.
  • Contrato de Obra o labor (Art.
  • Contrato de aprendizaje (Art.
  • Contrato temporal, ocasional o accidental (Art.
  • Contrato civil por prestación de servicios.

¿Por qué los contratos son por escrito?

Contrato escrito En el caso del empleo informal, así como a tiempo parcial y contratos de duración determinada, se requiere un acuerdo escrito. No existe una disposición clara en la ley que obliga a los empleadores a proporcionar contrato de trabajo escrito o datos de empleo por escrito a los trabajadores.

¿Cuánto tiempo dura un contrato verbal?

¿Cómo se sabe cuándo hay un contrato verbal en Colombia? Según indica el código laboral, cuando existe una relación de subordinación (o sea, jefe – empleado), se asume que el contrato verbal es indefinido. Esto significa que el trabajador entra a trabajar sin intención de terminarlo en el futuro próximo.

¿Cómo terminó un contrato verbal?

El contrato verbal es a término indefinido. El contrato a término fijo debe estipularse por escrito.

¿Qué valor tiene un contrato verbal?

El contrato verbal es perfectamente válido excepto en los casos en los que la ley obligue a realizarlo en forma escrita, como en el caso de creación, modificación o extinción de derechos reales sobre bienes inmuebles, para los que se exige escritura pública ante Notario.