Preguntas comunes

Como se escribe rivera de rio?

¿Cómo se escribe rivera de río?

Cabe señalar que la voz ribera hace referencia al ‘margen y orilla de un mar o río’; mientras que la palabra rivera , con v que también existe en español, hace alusión a un ‘arroyo o río pequeño’, por lo que no debe confundirse la primera con esta última.

¿Qué es la ribera de un río?

Se denomina ribera (no confundir con rivera) u orilla al borde de un cuerpo de agua, haciendo referencia a la zona de tierra más cercana al océano, mar, lago, río, quebrada, etc.

¿Qué son las riveras?

Rivera es una noción que tiene su origen en el vocablo latino rivus, que puede traducirse como “riachuelo”. Se trata de un caudal reducido de agua que fluye de manera continua por un cauce.

¿Por qué se dice Riviera?

Riviera es una palabra italiana que significa «ribera o costa» y que en última instancia deriva del latín ripa, a través del ligur rivea. Llegó a ser aplicada como un nombre propio a la costa de Liguria, en la forma riviera ligure, luego acortada a riviera.

¿Qué significa transigir en un poder?

Concluir una transacción (v.), sobre lo que no se estima justo, razonable o verdadero, para conciliar discrepancias, evitar un conflicto o poner término al suscitado; pero con la imprescindible circunstancia de que haya recíprocas concesiones y renuncias.

¿Qué significado tiene la palabra intransigente?

1. adj. Que no transige o tolera.

¿Qué es el poder general para pleitos y cobranzas?

Poder General para Pleitos y Cobranzas: sirve para que el apoderado represente al poderdante en toda clase de juicios y para efectuar cobros. Poder General para Actos de Administración: se otorga para que el apoderado administre bienes e intereses del poderdante por ejemplo: cuentas bancarias o negocios.

¿Qué es un poder para pleitos y cobranzas?

Un Poder General para Pleitos y Cobranzas es aquel que tradicionalmente se confiere para representar a una o varias personas en juicios, o bien, para efectuar cobros. Las partes que intervienen en el otorgamiento de un poder son dos: el otorgante y el apoderado.