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¿Qué son los recargos y las multas?

¿Qué son los recargos y las multas?

Es una sanción económica, prevista en la ley, que imponen las autoridades fiscales a los contribuyentes cuando no cumplen de manera voluntaria o espontánea sus obligaciones fiscales o por cumplirlas incorrectamente.

¿Qué son los recargos y actualizaciones?

El artículo 21 del Código Fiscal de la Federación (CFF) dice que los recargos son una indemnización al fisco por la falta de pago oportuno. Es decir, además de pagar el adeudo actualizado hay que pagarle al fisco por concepto de los perjuicios que pudieran habérsele causado.

¿Cuánto cobra el SAT de multa?

De 1,400 a 17,370 pesos por cada una de las obligaciones no declaradas de manera espontánea dentro del plazo correspondiente. De 1,400 a 34,730 pesos por cada obligación al presentar una declaración, solicitud, aviso o constancia, fuera del plazo señalado en el requerimiento o por incumplimiento de dicho requerimiento.

¿Cuándo se aplica una multa?

Una multa es una sanción administrativa por el incumplimiento de cualquier norma jurídica sancionable que puede ser en dinero o en especie y que se aplica cuando una persona o empresa infringe una ley o normativa. El objetivo que tiene es la de desmotivar y sancionar a todo aquel que incumple las normas vigentes.

¿Cuál es la multa por no llevar contabilidad?

Las multas pueden ir de $5,000 a $15, 000 y están legisladas en el Artículo 81 del Código Fiscal de la Federación (CFF).

¿Cuánto es la multa por no dictaminar estados financieros?

El monto al que asciende la multa por no presentar el dictamen fiscal es de $8,570 a $85,740.

¿Cuando no surte efectos un dictamen fiscal?

El dictamen no surta efectos fiscales. El contador público que formule el dictamen no esté autorizado o su registro esté suspendido o cancelado.

¿Qué infracciones contempla el CFF?

Las infracciones que regula el Código Fiscal de la Federación son las siguientes: No citar la clave del registro o utilizar alguna no asignada por la autoridad fiscal en las declaraciones, avisos, solicitudes, promociones y demás documentos que se presenten a las autoridades (artículo 79, fracción IV).

¿Qué pasa si no se presenta a tiempo el dictamen fiscal?

Cuando el dictamen, o la información relacionada con el mismo se presenten fuera de los plazos previstos se tendrán por no presentados. En el evento de que la autoridad hacendaria detecte esta irregularidad, podría imponer una sanción de $13,490.00 a $134,840.00 (arts. 83, fracc.

¿Cuándo es obligatorio el dictamen fiscal?

A más tardar el 15 de Julio del año inmediato posterior a la terminación del ejercicio.

¿Cuándo vence el dictamen fiscal 2020?

15 de julio de 2021

¿Cuáles son las ventajas y desventajas del dictamen fiscal?

¿Qué ventajas tiene el presentar dictamen fiscal?

  • Revisión secuencial.
  • Complementaria por dictamen (No cuenta para el límite).
  • Cumplimiento espontáneo (10 días).
  • Reducción del plazo de devolución de saldos a favor (40 a 25 días).
  • Devolución con declaratoria del CPR.
  • Opción de solicitar certificados a nombre de terceros.

¿Cuándo se presenta el dictamen del IMSS?

Para lo anterior, y de acuerdo con el artículo 156 del reglamento antes citado, deberá presentar al Instituto dentro de los 4 meses siguientes a la terminación del ejercicio fiscal inmediato anterior (a más tardar el 30 de abril) el aviso de dictamen correspondiente.

¿Cuándo se presenta el dictamen del IMSS cuando no da prórroga el instituto?

El plazo para presentar el dictamen es de hasta 6 meses contados a partir de la fecha de presentación del aviso, o dentro de la fecha señalada en el oficio de prórroga, en caso de que ésta se hubiera concedido, a la fecha no se ha emitido.

¿Cómo firmar el aviso de dictamen IMSS?

accesar al SIDEIMSS en la pestaña Trámites, Dictamen Electrónico y seleccionar la opción Presentación del aviso y dictamen, y. elegir el aviso de dictamen que se desea presentar, y firmarlo utilizando su e. firma.

¿Qué personas están obligadas a presentar dictamen para efectos del Seguro Social y para quiénes es voluntario?

El artículo 16 de la LSS establece que los patrones que cuenten con un promedio anual de trescientos o más trabajadores en el ejercicio fiscal inmediato anterior, están obligados a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante el IMSS por contador público autorizado.

¿Cómo sé si estoy obligado a presentar dictamen en materia de seguridad social?

– ¿Cómo sé si estoy obligado a presentar dictamen en materia de seguridad social? Si es un patrón o sujeto obligado y contó con un promedio de 300 o más trabajadores en el ejercicio inmediato anterior, está obligado a dictaminarse.

¿Cuáles son los principales requisitos para presentar el dictamen ante el IMSS?

Trámite presencial:

  • Identificación oficial vigente (credencial para votar; cartilla del servicio militar nacional o pasaporte vigente).
  • Poder general para pleitos y cobranzas del nuevo representante legal.
  • Formatos «Información patronal»:* 3 Originales.
  • Formatos «Atestiguamientos»:* 3 Originales.
  • Cédulas de dictamen.

¿Quién está obligado a presentar dictamen Infonavit?

El dictamen Infonavit es la opción que tiene el patrón para dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia de vivienda. Puede ser solicitado por el patrón que opta por dictaminarse y por el contador público autorizado por el Infonavit.

¿Quién está obligado a dictaminarse?

De acuerdo con el artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación podrán ejercer la opción de dictaminar sus estados financieros los contribuyentes personas físicas con actividad empresarial y personas morales que: En el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $122,814,830.