¿Cuáles son los titulos de credito en contabilidad?
¿Cuáles son los titulos de credito en contabilidad?
Los títulos de crédito son documentos que registran y acarrean el ejercicio de un derecho privado. Cada título de crédito está formado por un valor específico y por el soporte que lo registra: ambos componentes son inseparables. Cuando se transmite el derecho, se transmite el documento y viceversa.
¿Cuáles son los efectos de la transmision de un título de credito?
La trasmisión por recibo produce los efectos de un endoso sin responsabilidad. Los endosos y las anotaciones de recibo en un titulo de crédito que se testen o cancelen legítimamente, no tienen valor alguno.
¿Cuáles son los titulos obligacionales?
Títulos Obligacionales: o títulos de crédito propiamente dichos, que son aquellos cuyo objeto principal, es un derecho de crédito y, en consecuencia atribuyen a su titular acción para exigir el pago de las obligaciones a cargo de los suscriptores.
¿Qué son títulos abstractos?
1) Títulos abstractos: Aquellos en los que no se mencionan el contrato subyacente y obligan a una prestación con independencia de las vicisitudes. Estos títulos son la letra de cambio, el pagaré y el cheque. 2) Títulos causales: Los que mencionan la relación subyacente y el contrato causal.
¿Cuáles son los contratos atipicos mercantiles en Guatemala?
Contratos atípicos más destacados Es la transacción de comercio, por medio de la cual se da en virtud de una relación jurídica contractual en la que el titular del derecho, faculta a otra persona o entidad, su explotación comercial. La función de este contrato se basa en la explotación comercial del know how.
¿Qué nombre reciben los contratos regulados en la ley?
Contrato nominado o típico: es aquel contrato que se encuentra previsto y regulado en la ley. Contrato innominado o atípico: es aquel para el que la ley no tiene previsto un nombre específico, debido a que sus características no se encuentran reguladas por ella.
¿Qué es la representacion para contratar?
2.1 La representación para contratar. Esta característica se le conoce como representación aparente y consiste en que una persona basta con que manifieste que actúa como representante de otra, sin necesidad de ostentar un mando, como sería necesario en el tráfico civil.
¿Qué es un contrato mercantil mixto?
Contrato entre un comerciante y otra persona que no lo es. La cuestión principal que plantea este tipo de contratos es el régimen jurídico aplicable, si civil o mercantil. Con carácter general, salvo excepciones establecidas en la ley, se aplica el Código de Comercio, artículos 2 y 326 .
¿Cuándo se puede dar la terminación de los contratos mercantiles?
El Código de Comercio establece que el deudor puede demandar la terminación del contrato únicamente en los de tracto sucesivo y en los de ejecución diferida, si sobrevienen hechos extraordinarios e imprevisibles que hagan oneroso el cumplimiento de la presentación.
¿Cuando una compraventa mercantil puede ser oral Guatemala?
En el caso del contrato mercantil se acepta el acuerdo verbal como una demostración de voluntad. Y es que, los acuerdos verbales se pueden resolver en cualquier momento, siendo ésta una de las principales características que implican mayor riesgo.
¿Qué es un contrato de compraventa mercantil Guatemala?
La compraventa mercantil es un contrato bilateral, oneroso, conmutativo, consensual, principal y traslativo de dominio. Personales: Los elementos personales de la compraventa son el vendedor y el comprador. Obligación del vendedor es entregar la mercadería; y del comprador, pagar el precio.
¿Qué es la apertura de crédito garantizada en Guatemala?
Consensual, conmutativo, principal, bilateral, oneroso. Modalidades de apertura de crédito. Garantizada: Se da cuando la obligación del acreditado se garantiza por hipoteca, prenda o fianza.Al Descubierto: No existe mas garantía que la confianza mutua.
¿Cuando un contrato puede ser verbal?
El contrato verbal es perfectamente válido excepto en los casos en los que la ley obligue a realizarlo en forma escrita, como en el caso de creación, modificación o extinción de derechos reales sobre bienes inmuebles, para los que se exige escritura pública ante Notario.