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¿Cómo hacer una nómina en México 2020?

¿Cómo hacer una nómina en México 2020?

6 pasos para calcular la Nómina de tu negocio

  1. Reúne la información sobre el trabajador.
  2. Calcula el salario diario.
  3. Calcula el pago correspondiente.
  4. Calcula las retenciones del Impuesto sobre la Renta (ISR)
  5. Calcula las retenciones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
  6. No te olvides de los descuentos adicionales.

¿Cómo elaborar recibo de nómina?

Los recibos de nómina deben de contener todos los datos identificativos del empleador y del empleado:

  1. Nombre legal de la empresa.
  2. Domicilio fiscal.
  3. Periodo de liquidación.
  4. Nombre del trabajador.
  5. Registro patronal.
  6. Número de empleado.
  7. CURP.
  8. Tipo de régimen.

¿Qué leyes se deben aplicar en la formulacion de la nómina?

En México la nómina es una obligación establecida en las siguientes leyes:

  • Artículo 83 de la Ley Federal del Trabajo.
  • Artículo 804 de la Ley Federal del Trabajo.
  • Artículo 15 de la Ley de Seguridad Social en México.
  • Artículo 67 del Código Fiscal de la Federación.

¿Qué sucede cuando el patrón no da aviso al trabajador de la fecha causa o causas de la recisión del contrato?

Si el trabajador no recibe el aviso de rescisión personalmente o por conducto de la Junta de Conciliación y Arbitraje, entonces el despido será injustificado y en consecuencia el despido será nulo.

¿Que le corresponde a un trabajador por despido justificado?

Cuando el despido es justificado, el patrón queda libre de ciertas obligaciones que la misma ley establece. Sólo deberá pagar el finiquito. De lo contrario, además tendría que pagar una indemnización o hasta reinstalar al trabajador en su mismo puesto.

¿Cómo se calcula el finiquito por despido justificado?

La liquidación por despido está compuesta por el pago de los siguientes conceptos:

  1. 3 meses de salario por indemnización.
  2. 20 días de sueldo por cada año trabajado.
  3. Prima de antigüedad equivalente a 12 días de salario por cada año trabajado.
  4. Pago de partes proporcionales de aguinaldo.
  5. Vacaciones y prima vacacional.