¿Cómo entrar a mi cuenta en SAT?
¿Cómo entrar a mi cuenta en SAT?
Para ingresar a su portal, siga dos sencillos pasos:
- Escriba su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) incluyendo la homoclave. Para las personas físicas está compuesto de 13 posiciones y para las personas morales de 12.
- Capture en el campo de Clave, su Contraseña.
¿Cómo verificar si estoy dado de alta en el SAT?
Ingresa al Portal del Servicio de Administración Tributaria www.sat.gob.mx, en la sección de Personas/ Inscripción y Actualización / Actualización en el RFC / Verifica si estas registrado en el RFC, donde se ubica la herramienta Consulta Contribuyente.
¿Cómo saber si ya estoy dado de alta mi RFC?
Entra al sitio del SAT ( www.sat.gob.mx/home ). Fíjate que este seleccionada la primer pestaña, la que dice “Personas”. Luego en el menú superior localiza la opción “Trámites del RFC” y dale click. Cuando se desplieguen las opciones, selecciona la opción “Obtén tu RFC con Clave Única de Registro de Población”.
¿Cómo saber mi domicilio fiscal actual?
Le recordamos que si no dispone de certificado electrónico, DNI e o Cl@vePIN puede consultar o solicitar el cambio de domicilio fiscal llamando al teléfono 901 200 345 o bien, presentar el modelo 030 a través de la opción «Procedimiento extraordinario presentación del Modelo 030 – no presencial», disponible en los …
¿Cómo hacer el cambio de domicilio en el SAT persona moral?
¿Eres persona física o moral y cambiaste de domicilio fiscal? Avisa al Servicio de Administración Tributaria (SAT), presentando el aviso de cambio de domicilio fiscal a través de Internet o en las Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente (ADSC).
¿Cuánto tarda el cambio de domicilio fiscal?
Si no realizas actividades económicas entonces la normativa fiscal te da un plazo de hasta 3 meses y te permite comunicar el cambio del domicilio fiscal bien mediante el modelo 030 o bien indicándolo en la propia declaración de la renta.
¿Qué pasa si no doy aviso de mi cambio de domicilio fiscal?
El cambio de domicilio no es algo voluntario. Es una obligación que se recoge en el artículo 48.3 de la Ley General Tributaria, por lo que la no comunicación de este cambio puede suponer: Que nos sancionen con una infracción leve, sancionable con multa de hasta 100 euros.
¿Qué pasa si miento sobre mi domicilio fiscal?
En este supuesto, cuando se inscribe o se presenta el aviso con un domicilio fiscal inexacto, se incurre en una conducta infraccionada, de tal forma que se podrá imponer una multa de $3,080 a $9,250. En este caso, se podrá imponer como sanción una multa de $3,080 a $9,250.