Cuantas veces se puede reelegir a un alcalde?
¿Cuántas veces se puede reelegir a un alcalde?
Los alcaldes y concejales duran cuatro años en su labor y podrán ser reelegidos sucesivamente en el cargo hasta por dos períodos.
¿Cuántas veces se puede reelegir en México?
que tanto senadores como diputados puedan reelegirse hasta por 12 años, es decir, que los senadores podrán hacerlo hasta por un periodo consecutivo, mientras que los diputados lo podrán hacer hasta por tres periodos consecutivos.
¿Cuántas veces se puede ser gobernador?
Artículo 30. – El Gobernador del Estado, cuyo origen sea la elección popular ordinaria o extraordinaria, en ningún caso y por ningún motivo podrá volver a ocupar ese cargo, ni aún con el carácter de interino, provisional, substituto o encargado del despacho.
¿Cuántos años tienes que tener para ser gobernador?
mexicano por nacimiento y nativo de él, o con residencia efectiva no menor de cinco años inmediatamente anteriores al día de los comicios, y tener 30 años cumplidos el día de la elección, o menos, si así lo establece la Constitución Política de la Entidad Federativa. II.
¿Cuáles son las funciones que debe desempeñar el gobernador de Nuevo León?
Ejercer el presupuesto asignado al Ejecutivo aprobado por el Congreso con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos del Estado a los que están destinados; contratar créditos previa Ley o Decreto del Congreso del Estado con las limitaciones que establece esta Constitución y …
¿Qué realizan los poderes de gobierno y quiénes los representan?
En ciencia política y derecho, el poder ejecutivo es una de las tres facultades y funciones primordiales del Estado. Se distingue así del poder legislativo, que aprueba o deroga leyes, y del poder judicial, que las interpreta, hace respetar o invalida.
¿Qué ordenamiento legal otorga facultades al Poder Judicial?
El artículo 81 Constitucional, en el que se establece que el ejercicio de la función jurisdiccional corresponde al poder judicial, en el ámbito de su competencia y se deposita en el tribunal superior de justicia y en los juzgados que la ley determine.
