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¿Qué problemas presenta la derogacion tacita de la ley?

¿Qué problemas presenta la derogacion tacita de la ley?

Contrario a lo anterior, la derogación tácita supone un cambio de legislación, una incompatibilidad con respecto a lo regulado en la nueva ley y la ley que antes regía. Hecho que hace necesaria la interpretación de ambas leyes, para establecer qué ley rige la materia, o si la derogación es total o parcial.

¿Qué significa que la derogación de la ley sea expresa o tácita?

Es expresa cuando una nueva ley (Constitución) dice expresamente que se deroga la antigua y es tácita cuando la nueva ley (Constitución) contiene disposiciones que no pueden conciliarse con las de la ley anterior. …

¿Qué tipo de derogación es aquella que explícitamente señala que deja sin efecto una ley antigua?

b)Derogación Total: Es aquella que deja sin efecto una ley completa.

¿Que se da cuando una ley se aplica a hechos y situaciones que ocurren luego de qué se produce la derogación o modificación de esta ley?

Aplicación ultraactiva: Es aquella que se hace a los hechos, relaciones o situaciones incluso luego de haber sido la norma que los regía derogada o modificada de manera expresa o tácita, es decir, luego de terminada su aplicación inmediata.

¿Cuando una ley queda sin efecto?

– La norma legal se deroga o modifica sólo por otra norma legal de su mismo rango o de rango superior. También queda sin efecto por sentencia que declara su inconstitucionalidad o su ilegalidad.

¿Qué significa dejar sin efecto un decreto?

Se conoce como revocación a la acción y efecto de revocar, que significa dejar sin efecto alguna cosa, un acto o una acción, como una resolución mandato o sentencia judicial. Los sinónimos de la palabra revocación son: derogación, anulación, abrogación, invalidación, prohibición, entre otros.

¿Cómo se deja sin efecto un acto administrativo?

La revocatoria directa es un instituto jurídico en virtud del cual la Administración, de oficio o a solicitud de parte, deja sin efectos los actos expedidos por ella misma, en razón de las causales expresa y especialmente previstas en la ley.

¿Cuándo se puede modificar un acto administrativo en Colombia?

Los actos administrativos deberán ser revocados por los mismos funcionarios que los hayan expedido o por sus inmediatos superiores, de oficio o a solicitud de parte, en los siguientes casos únicamente: j) cuando sea manifiesta su oposición a la Constitución Política o la Ley, ii) cuando no estén conformes con el …

¿Cuándo y en qué casos se puede modificar una resolucion administrativa?

Las resoluciones administrativas de carácter individual favorables a un particular sólo podrán ser modificadas por el Tribunal Fiscal de la Federación mediante juicio iniciado por las autoridades fiscales.

¿Cómo se deroga un acto administrativo en Colombia?

Un acto administrativo de carácter general, para sacarlo del ordenamiento jurídico, es anulable a través de la jurisdicción contenciosa en acción de nulidad, de conformidad con lo preceptuado por el art. 137 de la ley 1437 de 2011.

¿Cómo se impugna un acto administrativo en Colombia?

Para poder demandar un acto administrativo en la jurisdicción contenciosa administrativa a través de una acción de nulidad y restablecimiento del derecho, es necesario previo a demandar agotar la vía gubernativa, que no es más, que hacer uso de los recursos que la decisión permite interponer para que la administración …

¿Cómo se impugna un acto administrativo?

Los interesados afectados por los actos y resoluciones de las autoridades administrativas que pongan fin al procedimiento administrativo, a una instancia o resuelvan un expediente, podrán interponer el recurso de revisión o, cuando proceda, intentar la vía jurisdiccional que corresponda.

¿Qué es la determinacion del acto que se impugna?

La determinación del acto que se impugna. Las firmas del impugnante y de la o del defensor, salvo los casos exceptuados por la ley. En caso de que el impugnante no sepa o no pueda firmar, se insertará su huella digital, para lo cual comparecerá ante el órgano correspondiente, el que sentará la respectiva razón.

¿Cuánto tiempo tengo para apelar un acto administrativo?

Los recursos de reposición y apelación deben interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal o dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a ella, o a la notificación por aviso o a la fecha en que se efectuó la anotación en el registro respectivo, según el caso.