¿Qué es la percepcion en la Sunat?

¿Qué es la percepcion en la Sunat?

Consiste en un sistema por el cual el vendedor de ciertos bienes, al que se le ha designado como agente de percepción, cobra un importe adicional al precio de venta al comprador (valor de venta más IGV), el que es un anticipo del IGV de las futuras ventas que realice tal cliente o comprador.

¿Qué productos están sujetos a percepciones?

El régimen de percepciones se aplica a los siguientes bienes:

  • Combustibles líquidos derivados del petróleo.
  • Bienes importados de manera definitiva.
  • Bienes incluidos en el Apéndice 1 de la Ley N° 29173 y Decreto Supremo N° 091-2013-EF.

¿Qué es la percepcion en tributacion?

El Régimen de Percepciones constituye un sistema de pago adelantado del Impuesto General a las Ventas, mediante el cual el agente de percepción (vendedor o Administración Tributaria) percibe del importe de una venta o importación, un porcentaje adicional que tendrá que ser cancelado por el cliente o importador quien no …

¿Cómo se calcula las percepciones?

La fórmula que se aplica es: (Hora Doble = Salario Diario / 8 (horas de jornada daria) * 2 (200%) ). Ejemplo: en un salario diario de $100 / 8 * 2 = $25.00 por cada hora doble.

¿Qué operaciones están excluidas de la percepción?

¿Qué operaciones están excluidas de la percepción del IGV?

  • No se efectuará la percepción en las siguientes operaciones:
  • Respecto de las cuales se cumpla en forma concurrente los siguientes requisitos:
  • De retiro de bienes considerado como venta.
  • Efectuadas a través de una Bolsa de Productos.
  • En las que se aplique el Sistema de Detracciones.
  • Realizadas con consumidores finales.

¿Qué tipo de operaciones están excluidas de la retención del IGV?

Operaciones exoneradas e inafectas, determinadas por la Ley del IGV e ISC. Realizadas con Proveedores que tengan la calidad de Buenos Contribuyentes (Decreto Legislativo N° 912). Realizadas con otros sujetos que tengan la condición de Agente de Retención.

¿Cómo se calcula la percepción en aduanas?

Los porcentajes varían del 10%(cuando se realice por primera vez una importación; 5%(para bienes usados) y 3.5%(a partir de nuestra segunda importación). ¿Cómo se realiza el cálculo de la Percepción? Base Imponible: Es el valor CIF (Costo + Seguro + Flete) de nuestra importación.