Que dice la Constitucion del Peru sobre la pena de muerte?
¿Qué dice la Constitución del Perú sobre la pena de muerte?
Actualmente, la Constitución Política del Perú establece la pena de muerte sólo para los delitos de traición a la patria, en caso de guerra y actos de terrorismo; en concordancia con los pactos internacionales suscritos por el Estado peruano.
¿Qué dice el artículo 2 de la Constitución Politica del Perú?
Artículo 2. – Derechos fundamentales de la persona Toda persona tiene derecho: A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole.
¿Qué dice la Constitución sobre la pena de muerte?
Artículo 22. ‑ Queda prohibida la pena de muerte, así como las penas de mutilación y de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas o trascendentales.
¿Qué señala el artículo 1 y 2 de la Constitución Política del Perú?
Artículo 1.- Defensa de la persona humana La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado. Artículo 2.- Derechos fundamentales de la persona Toda persona tiene derecho: El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece.
¿Cuáles son los articulos de la Constitución Politica del Perú?
Constitución Política del Perú
- Derecho a la información (artículos 2.4 y 5, 65) Información.
- Derecho a la participación (artículos 2.17, 31, 34 y 197) / Ciudades. Participación.
- Derecho a recurrir (artículo 200.2 y 3) Justicia.
- Ciudades (artículos 191 y 199) / Pueblos indígenas. Participación.
¿Qué dice el artículo 2 de los derechos humanos?
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
¿Qué dice el artículo 2 de la Constitución Nacional?
Art. 2 Constitución Nacional de la Nación Artículo 2 El Gobierno federal sostiene el culto católico apostólico romano.
