¿Cuánto tiempo deben guardarse los libros y soportes contables?
¿Cuánto tiempo deben guardarse los libros y soportes contables?
El Decreto 410 de 1971 Código de Comercio de Colombia Art. 60 Los libros y papeles a que se refiere este Capítulo deberán ser conservados cuando menos por diez años, contados desde el cierre de aquéllos o a la fecha del último asiento, documento o comprobante.
¿Cuánto tiempo se guarda documentacion contable?
Contable: El plazo genérico de prescripción para ejercer acciones respecto a la documentación de índole contable (facturas, remitos, notas de crédito, notas de débito, despachos de importación y exportación, recibos, libros contables o recibos de sueldo) es de DIEZ (10) años, según los términos del art.
¿Cuánto tiempo dura un documento en el archivo de gestion?
De acuerdo con el Código de Comercio (Artículo 30), los libros, correspondencia, documentación y justificantes concernientes a la empresa deben conservarse, durante 6 años, a partir del último asiento realizado en los mismos.
¿Cuánto tiempo se deben conservar los registros del cliente después de que se ha cerrado una cuenta?
Sunat: Plazo para conservar documentos originales es de cinco años si tiene respaldo digital.
¿Cuáles documentos se deben guardar para toda la vida?
La Universidad Estatal de Colorado enfatizó que los documentos que se deben guardar para toda la vida son el acta de nacimiento y las escrituras inmobiliarias….5 documentos valiosos que no debes perder
- Testamento.
- Factura automotriz.
- Acta de nacimiento.
- Actas constitutivas.
- Escrituras inmobiliarias.
¿Cuánto tiempo se deben de guardar los estados de cuenta del banco?
10 años
¿Cuánto tiempo se guardan las facturas de gas?
Adicionalmente, las organizaciones de consumidores recomiendan guardar los recibos durante doce meses.
¿Cómo se hace el libro de compra y venta?
En el libro registro de ventas e ingresos se anotarán diariamente por orden cronológico todas las ventas e ingresos de la actividad que se desarrolla con el detalle siguiente: El número de anotación, fecha, número de factura o documento equivalente, concepto e importe, con separación del I.V.A.