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Como se acredita un domicilio?

¿Cómo se acredita un domicilio?

El certificado de residencia es un documento que acredita que una persona tiene su domicilio en alguna comuna del territorio nacional. Este documento acredita que una persona vive en una dirección particular, pero no especifica si es una casa o departamento propio o arrendado.

¿Cómo hacer una declaración jurada de domicilio?

MODELO: ¿CÓMO ESCRIBIR UNA DECLARACIÓN JURADA DE DOMICILIO?

  1. Encabezado o Título: Incluye el nombre del declarante o el tema del documento.
  2. Declaración de hechos: El primer párrafo debe mostrar los datos personales o detalles del declarante.
  3. Cuerpo: Esta parte se conoce como la escritura de declaración jurada.

¿Cómo se hace la declaración jurada?

Con respecto a la redacción del documento, este deberá contener todos los datos personales del declarante, y se deberá exponer todos los hechos de forma clara y concisa. Además, es fundamental que todas las páginas de la declaración jurada estén firmadas por el declarante, y fechadas adecuadamente.

¿Que tiene que decir la declaración jurada?

Una declaración jurada es una manifestación escrita o verbal cuya veracidad es asegurada mediante un juramento ante una autoridad judicial o administrativa. Esto hace que el contenido de la declaración sea tomado como cierto hasta que se demuestre lo contrario.

¿Cuándo se debe hacer la declaración jurada?

Deberán informar a esta Administración Federal:

  1. El detalle de sus bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas del impuesto sobre los bienes personales que resulten aplicables a esa fecha.
  2. El total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas.

¿Qué pasa si no hago la declaración jurada?

Existe una sanción “material” por la omisión de impuestos, conocida como “multa por omisión” que reprime con el monto del 100% del gravamen a quienes omitieren “El pago de impuestos mediante la falta de presentación de declaraciones juradas o por ser inexactas las presentadas”.

¿Quién tiene que presentar ganancias?

Deberán presentar declaraciones juradas INFORMATIVAS de Ganancias y Bienes personales quienes obtengan ingresos brutos anuales iguales o superiores a $ 1.000.000 por el año 2017 y siguientes, ya sea que esos ingresos correspondan a actividades gravadas, exentas y/o no alcanzadas en el Impuesto a las Ganancias.

¿Quién debe presentar la declaracion jurada?

Declaración jurada informativa Cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de CABA, incluidos los cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos. Trabajo en relación de dependencia. Jubilación. Pensión.

¿Quién debe presentar Ganancias 2020?

Ganancias 2020: nueva prórroga hasta mediados de agosto Ganancias es un impuesto obligatorio, de carácter nacional, que deben presentar y pagar tanto las empresas, como las personas físicas y los trabajadores en relación de dependencia que superen ciertos ingresos.

¿Qué es presentar ganancias?

Los empleados en relación de dependencia a partir de determinado nivel de ingresos deben presentar declaraciones juradas de Bienes Personales y del Impuesto a las Ganancias, tengan o no que pagar estos tributos.

¿Cuándo se presenta declaracion jurada informativa de ganancias?

Los contribuyentes y responsables del Impuesto sobre los Bienes Personales, deberán presentar las declaraciones juradas informativas o declarativas de sus bienes al 31 de diciembre, a través del servicio denominado Bienes Personales Web.

¿Cómo hacer la declaracion jurada informativa de ganancias?

Declaración jurada del «Régimen Simplificado» de Ganancias

  1. Ingresá con tu CUIT/CUIL/CDI y tu clave fiscal.
  2. Buscá el servicio «Ganancias Web – Personas Humanas» dentro de la solapa Mis servicios.
  3. Dentro del servicio en la tarjeta «Declaración Jurada» presioná «Declarar»

¿Cuáles son las DDJJ informativas de ganancias?

La declaración jurada de carácter informativa es la presentación de un conjunto de datos referidos a tu patrimonio que AFIP solicita que sean suministrados. Esta declaración, no debe arrojar saldo a pagar.

¿Cuándo vence declaracion jurada de Ganancias 2019?

El nuevo vencimiento para la presentación de la declaración jurada de Ganancias y Bienes Personales operará el día 16 de julio, inclusive. El pago correspondiente para estos impuestos impuestos se mantiene en los días 19, 21 y 24 de junio, también según la terminación de la CUIT.

¿Cuándo vence participaciones societarias 2020?

El plazo vigente vencía el 30 de diciembre de 2020. La nueva fecha prevista para cumplir con el régimen informativo es el 29 de enero de 2021. Las personas alcanzadas deberán presentar la información correspondiente al año 2019 y anteriores, con relación a la identificación del beneficiario final.

¿Qué empleados deben presentar ganancias 2019?

La Resolución General 4003 de AFIP establece que deberán presentar sus declaraciones juradas informativas de ganancias y bienes personales los empleados y/o jubilados que superen el millón y medio ($1.500. 000. -) de ganancias brutas obtenidas anualmente. Este tope se actualizó el año pasado un 50% (pasó de $1.000.

¿Que se puede deducir de Ganancias 2020?

Gastos médicos: se pueden deducir los honorarios que pagaste a médicos particulares, y los medicamentos con receta que hayas comprado, con un tope del 40% de lo facturado. Prepagas: podrás descontar de Ganancias el monto de la prepaga. Este no puede ser mayor que el 5% de la Ganancia neta.

¿Cuál es el minimo no imponible de Ganancias 2020?

Cuál será el mínimo no imponible en 2020 para el Impuesto a las Ganancias. Desde el próximo año, según especialistas en el Ámbito Financiero, se podría pagar el Impuesto a las Ganancias de la cuarta categoría desde los $64.400. Éste sería el importe mínimo para un empleado soltero sin hijos.

¿Cómo hacer Impuesto a las Ganancias?

¿Cómo bajar el 1357?

Para consultar y descargar el formulario 1357 el trabajador deberá ingresar con clave fiscal a la web de AFIP y allí dirigirse al servicio SIRADIG – Trabajador. Ingresando en dicha opción, el sistema muestra los formularios cargados por el agente de retención y que se encuentran disponibles para descargar.

¿Quién debe presentar el formulario 1357?

Los empleadores que registran en su nómina empleados con ingresos iguales o superiores a $ 1.500.000 deben presentar su Declaración jurada a través de la web de AFIP mediante el formulario 1357.

¿Qué es el F 1357 AFIP?

El F. 1357 – “Liquidación de Impuesto a las Ganancias – 4ta. Categoría Relación de Dependencia” -, resultará de aplicación obligatoria para las liquidaciones anuales, finales e informativas que se confeccionen a partir del 1 de abril de 2019 inclusive, según lo establecido por el artículo 5° de la RG 4396/2019.

¿Cuándo se presenta el SiRADIG 2020?

572 Web a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR”, podrán -con carácter de excepción- efectuar la presentación por el período fiscal 2019, hasta el día 30 de abril de 2020, inclusive.