Como sacar el RIF por Internet?
¿Cómo sacar el RIF por Internet?
Requisitos para sacar el RIF
- Ingresas al sitio web de SENIAT RIF para ver los requisitos para sacar el rif: www.seniat.gob.ve.
- Estando allí, vas a Sistemas en línea y das clic en: “Inscripción RIF”
- Debes completar los datos que te piden en la pantalla y que hacen parte de los requisitos para sacar el rif, tales como:
¿Cómo registrar Rif?
Cómo solicitar el RIF -Ingrese a la página del Seniat: -Haga click en Sistema en línea> Inscripción de RIF> Registro Único de Información Fiscal – Inscripción. -Siga las instrucciones y complete las formas con sus datos> Solicitar> Inscribir contribuyente> Ver Planilla (verifique que sus datos estén correctos).
¿Cómo saber cuál es mi Rif?
Para consultar el estado del RIF es muy simple, solamente se debe ingresar al portal web del SENIAT y ubicar la opción: consulta de rif. Llenar los datos del RIF con la salvedad de colocar “V” si se es Persona Natural o “J” si es Persona Jurídica.
¿Cuál es la edad minima para sacar el RIF?
¿Puedo sacar el RIF si tengo 16 años? Si eres menor de edad no te corresponde sacar el RIF, deben sacarlo todos los venezolanos mayores de edad a partir de los 18 años de edad en adelante.
¿Que se tributa cuándo se paga el IVA?
El IVA es probablemente el impuesto más común pues grava directamente al consumo. Esta contribución se agrega al precio de productos o servicios que se comercialicen. Eso quiere decir que las personas físicas, sin importar el régimen, y las personas morales lo pagarán en cualquier transacción económica.
¿Cómo se divide el IVA trasladado?
El IVA trasladado se divide en dos: Se abona por el IVA efectivamente cobrado que proviene de los ingresos (el IVA que se ha cobrado a clientes) y por el traslado del impuesto efectivamente cobrado que proviene de IVA por trasladar (cuando efectivamente se cobre el IVA de las ventas a crédito).
¿Cómo se cancela el IVA retenido?
El IVA retenido debe enterarse al SAT conjuntamente con el pago del impuesto del mes de junio; es decir, se paga a más tardar el 17 de julio, por lo que es en la declaración del mes de julio, que se presenta en agosto, cuando el contribuyente puede acreditar ese impuesto retenido.
