Que opciones tiene un trabajador ante un traslado?
¿Qué opciones tiene un trabajador ante un traslado?
El empleado que se enfrenta a un traslado tiene tres opciones: Aceptar la medida propuesta por el empresario. Acatar el traslado impugnándolo a su vez ante un juzgado de lo social. Rechazar el traslado optando por una extinción indemnizada de su contrato de trabajo.
¿Qué puedo hacer si mi empresa me traslada a otro centro de trabajo?
El trabajador puede impugnar el traslado en vía jurisdiccional. La demanda deberá presentarse en el plazo de los 20 días hábiles siguientes a la notificación. En cualquier caso, tendrá que trasladarse al nuevo centro de trabajo, y esperar a que la sentencia declare o no, justificado el traslado.
¿Cuándo se puede trasladar a un empleado?
El empleador tiene la facultad de trasladar de ciudad a sus trabajadores, cuando las necesidades de su empresa así lo ameriten. Sin embargo, este acto no es arbitrario, dado que existen condiciones que deben cumplirse, para no afectar algún derecho o hacer gravosa la situación del trabajador.
¿Qué pasa si me niego a un cambio de centro de trabajo?
En caso de declararse injustificado, el trabajador tendrá derecho a la reincorporación del centro de origen, y si el empresario se negara a ello, este podrá solicitar la extinción del contrato con derecho a la indemnización establecida para los despidos improcedentes (45 días por año con un máximo de 42 mensualidades.
¿Qué pasa si me quieren cambiar de lugar de trabajo?
La ley te da la opción de rechazar la decisión de la empresa de trasladarte a otro centro de trabajo situado fuera de tu domicilio habitual. Si optas por la extinción del contrato laboral, tienes derecho a recibir una indemnización de 20 días de salario por año de servicio.
¿Qué se debe hacer cuando una empresa cambia de local?
Motivar las causas de tu traslado. Comunicar la fecha en la que será efectivo. Indicar el lugar del nuevo destino….Pero, una vez notificado, ¿qué derechos tengo?
- Aceptar el traslado.
- Finalizar la relación laboral.
- Impugnar la decisión del traslado en vía jurisdiccional.
¿Cuándo se considera menoscabo en el trabajo?
¿Qué se entiende por menoscabo laboral? CONSTITUYE MENOSCABO TODO HECHO O CIRCUNSTANCIA QUE DETERMINE UNA DISMINUCIÓN DEL NIVEL SOCIO – ECONÓMICO DEL TRABAJADOR EN LA EMPRESA, TALES COMO MAYORES GASTOS, UNA MAYOR RELACIÓN DE SUBORDINACIÓN O DEPENDENCIA, CONDICIONES AMBIENTALES ADVERSAS, DISMINUCIÓN DE INGRESOS, ETC.
¿Qué pasa si el empleador cambia de domicilio?
Si el cambio de domicilio de una empresa se efectúa dentro de la misma ciudad inicialmente convenida en el contrato de trabajo, puede realizarse por el empleador en forma unilateral, sin que ello importe menoscabo para el trabajador.
