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Que gastos no son deducibles en el impuesto de sociedades?

¿Qué gastos no son deducibles en el impuesto de sociedades?

No son deducibles los gastos financieros devengados en el período impositivo que procedan de deudas con otras entidades del grupo mercantil cuando el importe obtenido se hubiera destinado a la adquisición, a otras entidades del grupo, de participaciones en el capital o en los fondos propios de cualquier tipo de …

¿Que me puedo deducir en el impuesto de sociedades?

Son los siguientes:

  • Las retribuciones de los fondos propios de la sociedad.
  • Los gastos derivados del Impuesto de Sociedades.
  • Las multas y sanciones.
  • Las pérdidas del juego.
  • Los donativos y liberalidades (aquellas en las que no se acredita la relación del gasto con la promoción de la actividad).

¿Qué gastos se incluyen en el impuesto de sociedades?

2. Qué gastos puedes deducir en el Impuesto sobre Sociedades

  • Deducciones por incentivos a la inversión.
  • Deducciones por actividades de investigación, desarrollo e innovación Tecnológica (I+D+I).
  • Deducciones por gastos de formación profesional.
  • Deducciones por conservación y mejora del medio ambiente.

¿Cómo se contabiliza el recargo de apremio?

El recargo de apremio se puede contabilizar en la 631 «otros tributos» con el nombre adecuado, o en la 678 «gastos excepcionales» con el nombre apropiado. Los recargos de apremio no son deducibles en el impuesto de sociedades según el art 15 LIS.

¿Cómo regla general son deducibles todos los gastos documentados mediante factura que sean deducibles en el Impuesto sobre Sociedades?

Los gastos de atención a clientes o proveedores serán deducibles siempre que se encuentren documentados en facturas que cumplan los requisitos formales y que se justifique como necesarios para la actividad, hasta el límite indicado del 1% de los ingresos anuales.

¿Cuáles son los gastos deducibles del Impuesto sobre la renta?

Puedes hacer deducibles los pagos efectuados por honorarios médicos, dentales o de enfermería, análisis, estudios clínicos o prótesis, gastos hospitalarios, compra o alquiler de aparatos para el establecimiento o rehabilitación del paciente, derivado de las incapacidades a que se refiere el artículo 477 de la Ley …