Contribuyendo

¿Cuál fue el primer código de comercio peruano?

¿Cuál fue el primer código de comercio peruano?

El primer Código de comercio peruano, promulgado en 1853 fue reflejo del Código Español de 1829, que llevaba un criterio subjetivista. Los segundos, llevaron el derecho mercantil al Código civil, en el que incluso legislaron a la empresa en el denominado libro del Trabajo.

¿Cuando apareció la vigencia del I Código de Comercio en nuestro país?

El Código de Comercio (1902), acaba de cumplir cien años de vigencia; sin embargo de su estructura y contenido original queda muy poco, por cuanto su desfase con la realidad, su incompatibilidad con nuevas figuras de naturaleza civil y comercial, entre otros, obligó en su momento a introducirle múltiples modificaciones …

¿Qué es la ley del marco empresarial?

La LEY MARCO DEL EMPRESARIADO, constituye una norma general, que regula el funcionamiento de las personas naturales y jurídicas que realizan una actividad empresarial. Para efectos de esta ley, es indiferente si los titulares de una empresa sean personas jurídicas con o sin fines de lucro.

¿Cómo se regula la actividad empresarial?

La Actividad Empresarial del Estado se desarrolla en forma subsidiaria, autorizada por Ley del Congreso de la República y sustentada en razón del alto interés público o manifiesta conveniencia nacional, en cualquier sector económico, sin que ello implique una reserva exclusiva a favor del Estado o se impida el acceso …

¿Cómo se regula la actividad empresarial en nuestro país?

La Constitución Política del Perú señala en el referido artículo 60 que el Estado puede realizar subsidiariamente actividad empresarial, directa o indirectamente, siempre que cuente con autorización expresa por mandato de una ley expresa y en los casos en que exista alto interés público o manifiesta conveniencia …

¿Qué es el empresariado nacional?

Conjunto de las empresas y empresarios de una industria, región, país, etc.

¿Cuál es la finalidad de regular la actividad empresarial en el Perú?

La regulación económica tiene por finalidad que las decisiones privadas no perjudiquen el interés general1 y se justifica en determinadas consideraciones de naturaleza económica como veremos líneas abajo.