Que dice el articulo 44 de la Constitucion Politica colombiana?
¿Qué dice el artículo 44 de la Constitución Política colombiana?
El artículo 44 de la Constitución Política, establece el principio del interés superior del menor, el cual obliga a que la familia, la sociedad y el Estado asistan y protejan al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos .
¿Qué quiere decir el artículo 2 de la Constitución Política de Colombia?
ARTICULO 2°. Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.
¿Cuáles son los articulos de la Constitución Politica de Colombia?
Destacados
- Derecho a la información (artículo 20)
- Informe del Estado del Medio Ambiente (artículo 268.7)
- Derecho a participar (artículos 2, 40.2, 103 y 270)
- Participación en asuntos ambientales (artículo 79)
- Participación en planes, programas y políticas (artículos 342)
- Derecho a recurrir (artículos 40.6 y 88)
¿Qué quiere decir el artículo 44?
el artículo 44 de la Constitución Política establece que los derechos de los niños tienen prevalencia sobre los derechos de los demás. Esa prevalencia le confiere carácter fundamental a derechos que en el caso de los adultos no gozan de tal categoría.
¿Qué quiere decir el artículo 1 de la Constitución Política de Colombia?
El artículo 1º de la Constitución Política establece que Colombia es un Estado social de derecho fundado en la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.
¿Qué dice el artículo 2 de la Constitución mexicana?
Esta Constitución reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para: I. Decidir sus formas internas de convivencia y organización social, económica, política y cultural. II.
