Blog

Quien es el curador?

¿Quién es el curador?

El curador no es el representante legal, sino que se limita a complementar su capacidad de obrar, asistiendo caso por caso. Existe un orden de preferencias para el nombramiento del curador ( artículo 213 del Código Civil ), sin embargo, el Juez puede elegir el que estime más conveniente en función del beneficio de la persona incapacitada.

¿Cómo debe ser aceptado el cargo de curador?

Antes de haber aceptado el cargo no puede realizar ninguna tarea ni desempeñarse como curador. Si la notificación fue hecha por cédula judicial, el curador debe presentarse al juzgado dentro del plazo puesto por el juez (que es normalmente de tres días hábiles).

¿Qué es un curador especial?

Curador especial que designa el juez, a requerimiento de cualquier interesado o del Ministerio público, cuando una persona desaparece de su domicilio, sin dar noticia, pero dejando bienes cuya administración queda abandonada.

¿Quién es el curador de los bienes?

En el Derecho esp., al desaparecer la figura del curador, las funciones específicas de éste especial son confiadas a un defensor judicial. | DE SIENES. Forzando sin duda el régimen gramatical, el Cód. Civ. arg., le da también el nombre de «curador a los bienes».

¿Quién debe ser designado por un curador?

El Código Civil expresa que son aplicables a los curadores las mismas normas que para los tutores. La curatela debe ser designada por un juez. Sin embargo, esta designación puede ser promovida: Por los familiares o quienes tengan la guarda de la persona incapacitada, a fin de que pueda ser designado por el juez. Esta es una carga obligatoria.

¿Quién es el curador de los incapacitados afectados?

Los incapacitados afectados en forma media o atenuada, para un conjunto de actos, para los cuales requieren la presencia del curador. No hay normas muy específicas respecto de la designación del curador. El Código Civil expresa que son aplicables a los curadores las mismas normas que para los tutores. La curatela debe ser designada por un juez.

¿Quién es el curador de la curatela?

El curador se encarga de representar a una persona que ha sido sometida a la curatela. Se trata de uno de los tres tipos de guarda y protección de menores o incapacitados que prevé el Código Civil, junto con la tutela y la defensoría judicial. El ejercicio de esta función se denomina curatela, y siempre está siempre sujeto a supervisión judicial.

Consejos útiles

Quien es el curador?

¿Quién es el curador?

El curador es una persona designada para complementar la capacidad de obrar de otra, que presenta ciertas limitaciones, en determinados actos jurídicos. El curador se encarga de representar a una persona que ha sido sometida a la curatela.

¿Qué es un abogado curador?

Este profesional, es aquel abogado o abogada, designado por un juez de Tribunales de familia, en representación de un niño, niña o jóvenes, en aquellos casos en que carezcan de representante legal o cuando, por motivos fundados, el juez estime que sus intereses son independientes o contradictorios con los de aquél a …

¿Qué es Trifam?

TRIFAMOX IBL 12H®: Indicaciones Terapéuticas: TRIFAMOX IBL 12H® es un antibiótico de amplio espectro, el cual está indicado en el tratamiento de: Infecciones de vías respiratorias altas y bajas. Infecciones otorrinolaringológicas (sinusitis, otitis).

¿Qué es un curador ad litem en Chile?

El curador ad litem es el llamado a velar por los derechos garantizados en la Constitución, leyes de familia y la Convención de Derechos del Niño, mediante la representación jurídica de los NNA en todos los procesos judiciales en que estos se vean involucrados; y así asegurar el pleno ejercicio y respeto de los …

¿Quién puede ser curador ad litem?

Los curadores para pleito o ad-litem son dados por la judicatura que conoce en el pleito.” Que el artículo 32, incisos segundo y tercero del COGEP, dispone: “Las niñas, niños, adolescentes, y quienes estén bajo tutela o curaduría, comparecerán por medio de su representante legal.

¿Cuándo se puede nombrar un curador?

Art. 479. En todos los casos en que el padre o madre puede dar tutor a sus hijos menores de edad, podrá también nombrar curadores por testamento a los mayores de edad, dementes o sordomudos.

¿Dónde se inicia el trámite de curatela?

Requisitos

  1. Certificado de nacimiento legalizado – original y 2 fotocopias.
  2. DNI del titular y curador (en buen estado) original y 2 fotocopias (1° y 2° hoja).
  3. Fotocopias del DNI de los testigos (1° y 2° hoja).
  4. Recibo de sueldo del grupo familiar conviviente (puede ser plan social).

¿Quién puede interponer una acción de tutela?

¿Quién puede presentar la acción de tutela? La persona afectada en forma directa o mediante abogado(a). También lo puede hacer una tercera persona (agente oficioso) siempre y cuando la víctima no lo pueda hacer por sí misma.