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Que tipos de obligaciones existen en Derecho Civil?

¿Qué tipos de obligaciones existen en Derecho Civil?

Obligación de dar. Obligación de especie o específicas. Obligación de género o genéricas. Obligación de dinero….Atendiendo al tipo de prestación

  • Obligaciones de hacer fungible.
  • Obligaciones de hacer no fungible o personalísimas.
  • Obligación de medio.
  • Obligación de resultado.

¿Qué es el Derecho Civil de obligaciones?

Las obligaciones se encuentran reguladas en los Art. 1088-1230 ,Código Civil y se pueden definir como el vínculo jurídico por el cual las partes deudora y acreedora quedan ligadas, ya que la parte deudora debe cumplir con una prestación objeto de la obligación.

¿Qué es el derecho de obligaciones en Venezuela?

El Derecho de Obligaciones es la rama del Derecho Civil (o Derecho Pri- vado General) que estudia la relación obligatoria, vista desde tres ángulos distintos: en su concepto, fuentes y efectos2. Es aquella parte del Derecho Civil que estudia la responsabilidad patrimonial de la persona3.

¿Cuáles son las obligaciones de género?

Obligaciones de género son aquellas en que se debe indeterminadamente un individuo de una clase o género determinado.

¿Que son y cuáles son las fuentes de las obligaciones civiles?

Las fuentes de las obligaciones son los hechos jurídicos que dan origen a ellas. Justiniano señaló cuatro fuentes de las obligaciones: contratos, delitos, cuasicontratos y cuasidelitos. El contrato puede definirse como un acuerdo entre varias personas, que tiene por objeto producir una o más obligaciones civiles.

¿Cuál es la clasificación de las obligaciones?

Se pueden clasificar las obligaciones de acuerdo a los sujetos, al objeto y la vinculo. Obligaciones solidarias: son aquellas donde cada acreedor puede exigir y cada deudor esta obligado por el total de la prestación, una vez pagada por uno, la obligación se extingue para todos.

¿Cuáles son las fuentes de las obligaciones en Venezuela?

En el código civil venezolano vigente las fuentes son: El contrato; produce obligaciones porque tanto el acreedor como el deudor han manifestado su voluntad de contratar, de crear esas obligaciones. El pago de lo indebido; tiene lugar cuando una persona (deudor) paga a quien no es su acreedor.

¿Cuáles son los bienes de género?

Ahora bien, frente a la venta de cosas de género son aquellas que por su naturaleza jurídica o comercial no representa un bien en específico, sino que está representado en cantidades, y por tanto se vende una cantidad o monto de un bien, mas no un bien en específico, gracias a que es un género.

¿Qué son las obligaciones de género y especie?

Se denominan también obligaciones de género. Se dice que las cosas pertenecen a un mismo género cuando tienen caracteres que les son comunes. La obligación de dar cosas inciertas lo es en cuanto a la especie, y resulta no fungible en consideración al género.

¿Qué es una obligación y tipos de obligaciones?

Debemos distinguir las siguientes clases de las obligaciones: Obligaciones unilaterales y obligaciones sinalagmáticas. Obligaciones civiles y obligaciones naturales. La obligación civil proporciona al acreedor posibilidad de acción, en caso de incumplimiento del deudor.

¿Cuáles son las obligaciones civiles?

Obligaciones Civiles. Estas son susceptible de constreñimiento, si el deudor no cumple puede ser perseguido por todas las vías derecho. 8.- Obligaciones Naturales: Solo pueden ser cumplidas voluntariamente. Por ejemplo, un padre que mantenga a su hijo aún después de la mayoría de edad. 9.-

¿Qué tipos de obligaciones existen?

Existen varios tipos de obligaciones, entre las cuales están: 1.- Obligación Real: En esta obligación el deudor compromete sólo la cosa objeto de la prestación. 2.- Obligación Ordinaria: En esta obligación el deudor compromete todo su patrimonio, no una cosa en específico. 3.-

¿Qué tipos de obligaciones existen en nuestro ordenamiento jurídico?

Antes de detallar los tipos de obligaciones que existen en nuestro ordenamiento jurídico, vamos a definir que es una obligación.

¿Qué son las obligaciones morales?

Obligaciones Morales: Son aquellas que cumplimos con un deber de conciencia, las mismas no están establecidas en la ley. 6.- Obligaciones jurídicas: Son las que están sancionadas por la ley y su no se cumplen, la persona compromete su responsabilidad. 7.- Obligaciones Civiles.