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Que es el interrogatorio de parte en el derecho laboral?

¿Qué es el interrogatorio de parte en el derecho laboral?

El interrogatorio de parte en el derecho laboral. Bien es sabido por los profesionales del derecho, que en los procedimientos civiles, el interrogatorio de parte debe ser solicitado por la parte contraria. Esto es consecuencia del principio dispositivo que prima en estos procedimientos.

¿Cómo hacer un interrogatorio?

El interrogatorio puede hacerse básicamente de dos formas, una indagativa dejando al testigo que relate los hechos, es decir se invita al testigo a que libremente narre lo que sepa sobre determinados hechos y otra responsiva, provocando respuestas a base de continuas preguntas, que normalmente finalizan con una afirmación o una negación.

¿Por qué los abogados y el magistrado deben interrogar a los testigos?

Los abogados y el magistrado que van a interrogar a los testigos en el proceso laboral, necesitan estar plenamente instruidos sobre el objeto del mismo (lo que se debate y se pide) y sobre la personalidad de los testigos.

¿Qué es el interrogatorio de parte?

Si ninguna de las partes la solicitase y el tribunal no considerase procedente su celebración, dictará sentencia sin más trámites. El interrogatorio de parte, es la prueba por la que se solicita que el día de la vista acuda personalmente el demandante o demandado y conteste a las preguntas que se le vayan a hacer.

¿Qué es el interrogatorio de las partes litigantes?

El interrogatorio de las partes litigantes constituye una prueba esencial en el desarrollo de la actividad probatoria, y es la declaración que ante el tribunal efectúan las partes o un tercero si fuera admisible sobre hechos y circunstancias de los que tengan noticia y que guarden relación con el objeto del proceso.

¿Cómo puedo interrogar a una parte de la prueba?

Inicialmente interrogará la parte que haya solicitado la prueba y preguntará al interrogado de manera que éste pueda contestar adecuadamente acto seguido. Las demás partes podrán interrogar, primero aquéllos que ocupen la misma posición procesal, y después los contrarios.