Cuando se cobra el pago directo de la seguridad social?
¿Cuándo se cobra el pago directo de la seguridad social?
Aunque la empresa sigue cotizando por el empleado en estos momentos, la persona deja de cobrar por pago delegado y pasa al pago directo. Y lo hace desde el primer día del mes siguiente al de la resolución del INSS donde se determina la iniciación del expediente de incapacidad permanente.
¿Quién cotiza durante el pago directo?
Pago directo: la empresa abona el complemento de IT, las aportaciones a cargo del empresario, y las cotizaciones del trabajador serán aportadas por la entidad que efectúe el pago, que en vuestro caso es la Mutua.
¿Cómo paga la Seguridad Social la baja por enfermedad comun?
En general, el pago lo efectúa la empresa como pago delegado con la misma periodicidad que los salarios. En los casos de enfermedad común o accidente no laboral, el pago entre el 4º y el 15º día de la baja corre a cargo del empresario, a partir del 16º la responsabilidad de pago será del INSS o de la mutua.
¿Cómo paga la Seguridad Social la baja por Covid?
El periodo que cubran los citados partes de confirmación y/o alta será pagado con la nómina mensual centralizada, como venía siendo habitual antes de la situación extraordinaria de medidas de contención del COVID-19.
¿Cómo se calcula el pago directo de la seguridad social?
En el caso de accidente de trabajo y enfermedad profesional: 75% de la base reguladora diaria del mes anterior a la baja. En el caso de contingencia común: es del 60% de la base reguladora entre los días 4 y 20 de la baja, y del 75% a partir del día 21.
¿Qué es el pago directo de la incapacidad temporal?
El pago directo de la incapacidad temporal consiste en que la Mutua abona directamente al trabajador que está de baja médica (baja laboral), ya sea por una contingencia común o una profesional, el pago correspondiente a la prestación económica de incapacidad temporal.
¿Qué es el pago directo del INSS?
El pago directo de la incapacidad temporal consiste en el abono del subsidio por incapacidad temporal, ya sea por contingencia profesional o común, realizado por el INSS o la Mutua colaboradora con la Seguridad Social, en función de quien cubra esta cobertura, directamente al trabajador.
