¿Cómo ver mi declaracion de la renta 2019?
¿Cómo ver mi declaracion de la renta 2019?
Desde la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, www.agenciatributaria.gob.es, puede acceder a la totalidad de sus expedientes desde el portal «Mis Expedientes», identificándose con su certificado electrónico, DNI electrónico u obteniendo un código PIN a través del sistema Cl@ve .
¿Cómo consultar una declaracion presentada por Internet?
Para consultar tus declaraciones de campañas anteriores de la Renta, tienes que entrar en la web de la Renta 2020, cuya dirección URL es www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Renta.shtml. En esta web, pulsa en la opción Consulte las declaraciones presentadas que te aparecerá en la sección de Más trámites.
¿Cómo ver mi declaracion anual 2019?
Pasos para su uso
- Ingresa a la aplicación con tu RFC y contraseña o con e. firma.
- Selecciona la consulta de la declaración de tu interés.
- Imprime el resultado de la consulta.
¿Cómo ver el estado de mi declaracion 2020?
Para obtener información sobre el estado de tramitación de su devolución de Renta 2020, acceda al banner de la campaña «Renta 2020. Avanzando contigo» y entre en su expediente a través de la opción «Servicios de tramitación borrador / declaración (Renta WEB)».
¿Cómo saber si mi declaracion de renta fue aceptada?
Para comprobar la presentación acceda al apartado » Trámites destacados – Presentar y consultar declaraciones » de la Sede electrónica, localice el modelo de declaración y pulse la opción «Consulta por NIF» o «Consulta para presentadores (por NIF, Ejercicio y Modelo).
¿Cómo descargar mi declaracion de renta 2020?
«Consulta de declaraciones presentadas»: en el portal «Renta 2020. Avanzando contigo» o accediendo a los trámites de consulta del modelo 100, puede obtener la copia de la declaración de Renta 2020 mediante firma digital (certificado o DNI electrónico), sistema Cl@ve PIN o el número de referencia.
¿Cuándo devuelve Hacienda 2020?
Este el tiempo medio que tarda Hacienda en devolver el dinero. Los datos de la Agencia Tributaria señalan que la administración tiene un plazo de seis meses máximo para devolver el dinero desde que se presenta la declaración como fecha tope, es decir, el 30 de junio.