Como se clasifican las fuentes de las obligaciones?
¿Cómo se clasifican las fuentes de las obligaciones?
Las fuentes de las obligaciones han sido clasificadas tradicionalmente en cinco figuras: el contrato, el cuasicontrato, el delito, el cuasidelito y la ley (la última se agregó posteriormente por los comentaristas del Derecho Romano).
¿Cómo se clasifica el contrato según la teoria de las obligaciones?
La clasificación de los contratos según sus funciones es la siguiente: bilaterales y unilaterales; onerosos y gratuitos; conmutativos y aleatorios; contratos reales; principales y accesorios; consensuales, formales y solemnes.
¿Cuáles son los tipos de obligaciones?
Clases de obligaciones
- Obligación de dar. Obligación de especie o específicas. Obligación de género o genéricas. Obligación de dinero.
- Obligación de hacer. Obligaciones de hacer fungible. Obligaciones de hacer no fungible o personalísimas. Obligación de medio. Obligación de resultado.
- Obligación de no hacer.
¿Qué son las obligaciones y sus tipos?
Debemos distinguir las siguientes clases de las obligaciones: Obligaciones civiles y obligaciones naturales. La obligación civil proporciona al acreedor posibilidad de acción, en caso de incumplimiento del deudor. La obligación natural, por el contrario, no crea un derecho procesalmente eficaz.
¿Qué son las fuentes extracontractuales de las obligaciones?
Las fuentes contractuales son precisamente aquellas obligaciones que nacen en virtud de la celebración de un contrato o de un convenio, y las extracontractuales son todas aquellas obligaciones que no se derivan de la celebración de un contrato ni de un convenio, sino por una declaración unilateral de voluntad, en …
¿Cuáles son las fuentes de las obligaciones en Argentina?
Desde el Derecho Romano, se distinguen como tales el delito, el cuasidelito, el contrato, el cuasicontrato y la ley (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Fuentes de las obligaciones puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica).
¿Cómo se clasifican los contratos de acuerdo al Código Civil?
Unilaterales: Son los contratos en los cuales una sola de las partes se obliga hacia otra sin que ésta quede obligada. Bilaterales: Son los contratos en los cuales las partes contratantes se obligan recíprocamente. Onerosos: En estos contratos las partes estipulan provechos y gravámenes recíprocos.
¿Cómo se clasifican los contratos según el Código Civil?
– Según los requisitos de validez en cuanto a la forma los contratos se clasifican en: Contratos consensuales. Contratos solemnes. Contratos reales.
¿Qué es una obligación en derecho civil?
El Derecho Civil regula también las obligaciones y establece los efectos jurídicos que producen. La obligación es el vínculo jurídico entre dos personas, una llamada acreedor y la otra llamada deudor. Ahora bien, la ley dispone que las obligaciones pueden ser de dar, hacer o no hacer.
¿Qué son las obligaciones según el Código Civil?
ARTICULO 724. – Definición. La obligación es una relación jurídica en virtud de la cual el acreedor tiene el derecho a exigir del deudor una prestación destinada a satisfacer un interés lícito y, ante el incumplimiento, a obtener forzadamente la satisfacción de dicho interés.
¿Qué es una obligación y cuáles son sus elementos?
La Obligación, es un vínculo jurídico entre dos partes determinadas en virtud del cual una de ellas, denominada acreedor, está facultada para exigir de la otra, denominada deudor, el cumplimiento de una prestación, la que puede consistir en dar, hacer o no hacer una cosa.
¿Qué es una obligación?
Una obligación es toda relación jurídica por virtud de la cual una de las partes se compromete firmemente a realizar una determinada prestación a la otra, que, en correspondencia, ostenta un derecho personal o de crédito sobre el deudor para exigir su cumplimiento, debiendo además responder el sujeto obligado con su …
