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Que son las contribuciones y para que sirven?

¿Qué son las contribuciones y para qué sirven?

Las contribuciones son los ingresos que percibe el Estado, reconocidas en la ley, mediante aportaciones obligatorias que son exigidas a los ciudadanos y que sirven para que el gobierno pueda cumplir con su función pública; o dicho de otra manera, para que satisfaga las necesidades de un gobierno y así cumplir con la …

¿Qué son las contribuciones y cómo se clasifican?

Las contribuciones se clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos, las que se definen de la siguiente manera: Contribuciones de mejoras son las establecidas en Ley a cargo de las personas físicas y morales que se beneficien de manera directa por obras públicas.

¿Qué son los derechos en contribuciones?

Derechos son las contribuciones establecidas en Ley por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la Nación, así como por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público, excepto cuando se presten por organismos descentralizados u órganos desconcentrados, cuando en este …

¿Qué son los derechos de las contribuciones?

Las contribuciones de derechos, son aquellos aportes que realizamos por adquirir y/o hacer uso de bienes y servicios prestados por el estado en función al derecho público, con el fin de generar ingresos que cubran los costes generados por la prestación del servicio.

¿Qué son las contribuciones en Derecho Fiscal PDF?

Las contribuciones son las aportaciones económicas impuestas por el Estado, independientemente del nombre que se les designe, como impuestos, derechos o contribuciones especiales, y son identificadas con el nombre genérico de tributos en razón de la imposición unilateral por parte del ente público.

¿Cuál es la teoria general de las contribuciones?

El fundamento constitucional de la contribución es el Art. IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece que es obligación de los mexicanos contribuir al gasto público, tanto de la federación como de las entidades federativas y de los municipios.

¿Qué es una contribución fiscal?

Contribución: Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales. Tasa: Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por el Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente.

¿Qué son los accesorios en las contribuciones?

El último párrafo del artículo segundo del Código Fiscal de la Federación considera como accesorios de las contribuciones a los recargos, las sanciones (multas), los gastos de ejecución y a la indemnización que se debe pagar al fisco federal cuando se libra sin fondos un cheque para el pago de contribuciones.

¿Cómo se causarán el pago de contribuciones y sus accesorios?

Artículo 20 Medios de pago de las contribuciones. Las contribuciones y sus accesorios se causarán y pagarán en moneda nacional. Los pagos que deban efectuarse en el extranjero se podrán realizar en la moneda del país de que se trate.

¿Quién determina las contribuciones?

Por regla general, corresponde a cada contribuyente realizar la determinación de las contribuciones a su cargo, en estos casos se habla de “autodeterminación”. En la autodeterminación, el contribuyente reconoce que realizó el hecho imponible y hará el cálculo para determinar la cantidad de su obligación fiscal.

¿Qué es el acreditamiento?

El acreditamiento consiste en restar el impuesto acreditable, de la cantidad que resulte de aplicar a los valores o unidades de medida señalados en esta Ley, las tasas o cuotas que correspondan, según sea el caso.

¿Qué es un acreditamiento y una compensacion?

Acreditar. – Abonar, admitir en pago, tomar en cuenta. Compensar- Igualar en opuesto sentido el efecto de una cosa con el de otra, dar alguna cosa o hacer un beneficio en resarcimiento del daño, perjuicio o disgusto que se ha causado.

¿Qué es el acreditamiento del impuesto sobre la renta?

Como ya se había comentado, el acreditamiento consiste en disminuir del impuesto correspondiente a un periodo (en este caso del ISR determinado en el pago provisional de enero de 2010), las cantidades pagadas con anterioridad en el mismo ejercicio.

¿Qué es acreditamiento IVA?

El artículo 4 de la Ley del IVA señala que el acreditamiento consiste en restar el impuesto acreditable de la cantidad que resulte de aplicar a los valores señalados en la propia Ley, la tasa que corresponda, considerando como impuesto acreditable el IVA que le hayan trasladado al contribuyente y el propio impuesto que …

¿Cuándo se debe acreditar el IVA?

Art. 5 LIVA: “El impuesto retenido y enterado, podrá ser acreditado en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero de la retención.

¿Qué es el IVA acreditable y por acreditar?

¿Cuál es la diferencia entre IVA acreditable y el IVA por acreditar? El IVA acreditable es aquel que se aplica cuando se realizan transacciones u operación con pagos de contado. Esto quiere decir que si compras un producto y solicitas tu factura, puedes acreditar el pago de IVA y este se vuelve acreditable.

¿Cuáles son los requisitos para poder acreditar el IVA?

Acreditamiento del IVA

  • Es necesario que el impuesto haya sido trasladado expresamente al contribuyente, y que conste por separado en los comprobantes respectivos.
  • El IVA que se haya trasladado al contribuyente deberá haber sido pagado en el mes de que se trate.
  • Que el IVA retenido a terceros haya sido enterado al fisco.

¿Qué es el IVA parcialmente acreditable?

IVA acreditable parcialmente Si los contribuyentes realizan actividades gravadas y exentas para IVA, el impuesto correspondiente a las inversiones que no puedan identificar exclusivamente con la ejecución de una u otra actividad (utilicen indistintamente para el desempeño de ambas), será acreditable parcialmente.

¿Qué tipo de cuenta es el IVA acreditable?

IVA Acreditable (activo): Se refiere al IVA efectivamente pagado. IVA pendiente de trasladar (pasivo): Se refiere al IVA que aun no hemos cobrado, este IVA es el que se encuentra en nuestras cuentas por cobrar.