Cuando pueden heredar los sustitutos?
¿Cuándo pueden heredar los sustitutos?
ARTÍCULO 1476. Los sustitutos recibirán la herencia con los mismos gravámenes y condiciones con que debían recibirlos los herederos; a no ser que el testador haya dispuesto expresamente otra cosa, o que los gravámenes o condiciones fueren meramente personales del heredero. ARTÍCULO 1477.
¿Qué pasa si un heredero fallece antes que el testador?
El heredero por testamento que muera antes que el testador, no transmitirá ningún derecho a sus herederos. La herencia pertenece a los herederos legítimos del testador a menos que este haya dispuesto otra cosa, es decir el resto de los herederos aumentan la porción que originalmente les habría correspondido.
¿Cómo se sustituyen herederos?
8. Sustitución de heredero En materia de sucesión testamentaria, la sustitución de heredero consiste en que el testador designe un segundo o posterior sucesor, para el caso de que el nombrado en primer término no quiera o no pueda (muerte o incapacidad) aceptar la herencia.
¿Cómo reciben la herencia los sustitutos y cuál es la excepción?
Los sustitutos recibirán la herencia con los mismos gravámenes y con- diciones impuestos a los herederos, a no ser que el testador haya dispuesto otra cosa expresamente, o que los gravámenes o condiciones fueran mera- mente personales del heredero.
¿Qué es la sustitución hereditaria?
La sustitución hereditaria es la disposición testamentaria en virtud de la cual un tercero es llamado a la titularidad de la herencia en defecto de una primera persona o después de ella.
¿Qué tipos de sustituciones existen?
En cuanto a las diversas clases de sustituciones hereditarias, estas son: sustitución vulgar, sustitución fideicomisaria, sustitución pupilar y sustitución ejemplar o cuasi pupilar.
¿Qué es la sustitución de herederos?
La sustitución de herederos consiste en el reemplazo de una persona por otra en la titularidad de los derechos hereditarios, por no poder o no querer adquirirlos aquélla.
¿Que se entiende por sustitución del heredero?
Se trata del caso por el cual un llamado a título de heredero o de legatario ocupa el lugar de otro, en defecto de éste. Es por ese motivo que la vulgar también se conoce como sustitución directa, porque el sustituto recibe su liberalidad (como heredero o legatario) directamente del causante.
