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Que es un organo desconcentrado en derecho?

¿Qué es un órgano desconcentrado en derecho?

Concepto de Órgano Desconcentrado Unidad administrativa que carece de personalidad jurídica y patrimonio propio por ser parte de una Secretaría de Estado, pero que mantiene determinada autonomía técnica para la eficaz atención y el mejor despacho de los asuntos a su cargo.

¿Qué es ser desconcentrado?

A estos efectos, podríamos considerar que la desconcentración consiste en la atribución, dentro del propio ordenamiento jurídico, de una competencia o función a órganos que no ocupan la cúspide en la jerarquía administrativa. Cuando el órgano desconcentrado carece de personalidad jurídica propia.

¿Qué es un órgano concentrado y desconcentrado?

De lo anterior, podrás concluir lo siguiente: Los órganos desconcentrados integran la Administración Pública Centralizada al ser dependientes de las Secretarías de Estado, mientras que los órganos descentralizados integran la Administración Pública Paraestatal.

¿Qué características tiene un órgano desconcentrado?

Las características de los órganos desconcentrados son las siguientes: 1) son inferiores y subordinados al poder central; 2) se les asignan competencias exclusivas, que se ejercen dentro de las facultades del Gobierno Federal; 3) tienen libertad de acción en trámite y decisión; 4) sí existe vínculo jerárquico, aunque …

¿Qué significa que sea un órgano desconcentrado?

Los “órganos desconcentrados” son entes públicos cuya responsabilidad es aplicar una regulación. Los órganos desconcentrados están normados en el artículo 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), donde se establece lo siguiente: Artículo 17.

¿Qué es un órgano desconcentrado características?

¿Qué es un órgano centralizado descentralizado y desconcentrado?

La primera es la ejercida por los órganos superiores de la administración (por ejemplo: un ministerio o una secretaría); mientras que es desconcentrada cuando es ejercida por órganos inferiores dentro de la administración centralizada y, es descentralizada si es ejercida por un ente autárquico con personería, nombre y …

¿Qué es un organismo desconcentrado cuáles son sus características y escribe tres ejemplos?

¿Cuáles son los organismos publicos centralizados?

La Oficina de la Presidencia de la República, las Secretarías de Estado, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y los Órganos Reguladores Coordinados integran la Administración Pública Centralizada.

¿Qué es un órgano desconcentrado PDF?

Los órganos desconcentrados son parte de la centralización administrativa cuyas atribuciones o competencia la ejercen en forma regional, fuera del centro geográfico en que tiene su sede el poder central supremo.

¿Qué son los organismos centralizados y ejemplos?

Son órganos que dependen económicamente del Ejecutivo, no tienen personalidad jurídica ni patrimonio propios. Se consideran así las secretarías de Estado, las cuales realizan actividades subordinadas al Ejecutivo. Ejemplo: Secretaría de Gobernación, Secretaría de Educación…

¿Que son y cuáles son los organismos publicos centralizados?

¿Qué es la desconcentración?

La desconcentración es un principio organizativo opuesto a la acumulación de funciones en órganos centrales mediante el que se pretende conseguir un mayor acercamiento de la Administración al ciudadano. A diferencia de la delegación, la desconcentración supone el traslado de la titularidad de la competencia y no sólo del ejercicio de ésta.

¿Qué es un órgano desconcentrado?

Concepto de Órgano Desconcentrado Unidad administrativa que carece de personalidad jurídica y patrimonio propio por ser parte de una Secretaría de Estado, pero que mantiene determinada autonomía técnica para la eficaz atención y el mejor despacho de los asuntos a su cargo.

¿Qué es la descentralización y desconcentración?

DESCENTRALIZACIÓN Y DESCONCENTRACIÓN… 67 dentro de una clase de competencia (en razón del grado).7Co- incidimos con esta teoría, puesto que consideramos que estos tres principios, así como los de avocación y delegación, se ori- ginan por un principio todavía mayor que los engloba, como lo es el de competencia.