¿Qué es la empresa según el Código de Comercio?
¿Qué es la empresa según el Código de Comercio?
Es toda actividad económica organizada para la producción, transformación, circulación, administración o custodia de bienes, o para la prestación de servicios.
¿Cuáles son las personas naturales comerciantes?
Son comerciantes las personas naturales o jurídicas que ejercen de manera habitual y profesional alguna de las actividades que la ley considera como mercantiles. ¿QUÉ PERSONAS SON LEGALMENTE CAPACES PARA EJERCER EL COMERCIO? Todas las personas naturales y jurídicas que tengan capacidad para contratar y obligarse.
¿Qué es una persona natural y cuáles son sus atributos?
Persona física, también denominada persona natural, es un concepto que hace referencia a todo individuo humano que posee obligaciones y derechos otorgados por la Ley o la Constitución. Estas personas físicas o naturales se encuentran reguladas en el Código Civil a partir del artículo 29.
¿Cuándo comienza la vida de una persona natural?
La existencia legal de la persona natural comienza al nacer y termina con la muerte (artículo 78 del Código Civil), entendida como la cesación de las funciones naturales del individuo.
¿Qué es el inicio de la vida humana?
La vida empieza cuando un espermatozoide (célula masculina) y un óvulo (célula femenina) se fusionan y forman una sola célula, llamada huevo o cigoto, la cual a partir de este momento va a iniciar una serie de divisiones que culminarán en el nacimiento de un niño.
¿Qué son las personas de existencia visible?
Ente que presenta signos característicos de humanidad, sin distinción de cualidades o accidentes. Estas personas son capaces de adquirir derechos o contraer obligaciones y se reputan como tales todos los que en el código no estén expresamente declarados incapaces.
¿Cuándo se extingue una persona fisica?
La persona se extingue para el Derecho al momento de verificarse la muerte (como forma natural) y mediante la presunción de muerte (como forma artificial ante la ausencia de cadáver). Pues de conformidad con el artículo 22 del Código Civil para el Distrito Federal establece que la capacidad se pierde por la muerte.