Que dice el articulo 20 del Codigo Penal?
¿Qué dice el artículo 20 del Código Penal?
Artículo 20.- El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación. X. Queda prohibida y será sancionada por la ley penal, toda incomunicación, intimidación o tortura.
¿Qué dice el artículo 21 párrafo 9?
LA ACTUACIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA SE REGIRÁ POR LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD, OBJETIVIDAD, EFICIENCIA, PROFESIONALISMO, HONRADEZ Y RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS RECONOCIDOS EN ESTA CONSTITUCIÓN.
¿Qué artículo regula la violacion?
Código Penal Federal Violación Artículo 265. – Comete el delito de violación quien por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquier sexo… – Si la víctima de la violación fuera la esposa o concubina, se impondrá la pena prevista en el artículo anterior.
¿Cuánto es la sentencia por corrupcion de menores?
Artículo 208 Al que promueva, encubra, concierte o permita el comercio carnal de un menor de dieciocho años se le aplicará pena de ocho a doce años de prisión y de cien a mil días multa.
¿Cuál es la sentencia base para el homicidio involuntario?
La sentencia base para el homicidio involuntario bajo las pautas federales sobre sentencias es de 10 a 16 meses en prisión y aumenta si el delito fue cometido mediante una conducta temeraria.
¿Qué es el homicidio voluntario y involuntario?
Para el homicidio involuntario, el acusado solo debe haber cometido un acto sin consideración de las vidas de los demás. La diferencia entre el homicidio voluntario e involuntario también se reduce a la intención.
¿Quién puede presentar una defensa contra el homicidio involuntario?
Un abogado puede presentar una defensa contra los cargos. Algunas defensas posibles para el homicidio involuntario incluyen:
¿Cuál es la pena de homicidio imprudente?
Cuando el homicidio imprudente es cometido utilizando un vehículo a motor, un ciclomotor o un arma de fuego, se impondrá asimismo, y respectivamente, la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores o la privación del derecho a la tenencia y porte de armas, de uno a seis años, que prescribe a los 5 años.
