Quien es el curador?
¿Quién es el curador?
El curador no es el representante legal, sino que se limita a complementar su capacidad de obrar, asistiendo caso por caso. Existe un orden de preferencias para el nombramiento del curador ( artículo 213 del Código Civil ), sin embargo, el Juez puede elegir el que estime más conveniente en función del beneficio de la persona incapacitada.
¿Cómo debe ser aceptado el cargo de curador?
Antes de haber aceptado el cargo no puede realizar ninguna tarea ni desempeñarse como curador. Si la notificación fue hecha por cédula judicial, el curador debe presentarse al juzgado dentro del plazo puesto por el juez (que es normalmente de tres días hábiles).
¿Qué es un curador especial?
Curador especial que designa el juez, a requerimiento de cualquier interesado o del Ministerio público, cuando una persona desaparece de su domicilio, sin dar noticia, pero dejando bienes cuya administración queda abandonada.
¿Quién es el curador de los bienes?
En el Derecho esp., al desaparecer la figura del curador, las funciones específicas de éste especial son confiadas a un defensor judicial. | DE SIENES. Forzando sin duda el régimen gramatical, el Cód. Civ. arg., le da también el nombre de «curador a los bienes».
¿Quién debe ser designado por un curador?
El Código Civil expresa que son aplicables a los curadores las mismas normas que para los tutores. La curatela debe ser designada por un juez. Sin embargo, esta designación puede ser promovida: Por los familiares o quienes tengan la guarda de la persona incapacitada, a fin de que pueda ser designado por el juez. Esta es una carga obligatoria.
¿Quién es el curador de los incapacitados afectados?
Los incapacitados afectados en forma media o atenuada, para un conjunto de actos, para los cuales requieren la presencia del curador. No hay normas muy específicas respecto de la designación del curador. El Código Civil expresa que son aplicables a los curadores las mismas normas que para los tutores. La curatela debe ser designada por un juez.
¿Quién es el curador de la curatela?
El curador se encarga de representar a una persona que ha sido sometida a la curatela. Se trata de uno de los tres tipos de guarda y protección de menores o incapacitados que prevé el Código Civil, junto con la tutela y la defensoría judicial. El ejercicio de esta función se denomina curatela, y siempre está siempre sujeto a supervisión judicial.
