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Que son los procedimientos de cobranza coactiva?

¿Qué son los procedimientos de cobranza coactiva?

El Procedimiento de Cobranza Coactiva, permite a la Administración Tributaria realizar las acciones de cobranza de las deudas tributarias, en ejercicio de su facultad coercitiva, de acuerdo a lo establecido en el Código Tributario y su reglamento.

¿Cuándo es iniciado el procedimiento de cobranza coactivo?

Notificación de la Resolución de Ejecución Coactiva (Artículo 117° del Código Tributario). – El procedimiento de cobranza coactiva se inicia debidamente con la notificación de la Resolución de Ejecución Coactiva que dio inicio a dicho procedimiento al deudor tributario.

¿Cómo levantar una cobranza coactiva Sunat?

A través de la plataforma web de la SUNAT con su clave SOL debe ingresar a Operaciones en Línea, opción cobranza coactiva – Formulario N° 5011….Así, puedes presentar escritos para:

  1. Cancelación de la deuda / Levantamiento de embargos.
  2. Variación de medida.
  3. Intervención excluyente de propiedad.
  4. Otros.

¿Cómo solucionar deudas con la Sunat?

Los contribuyentes que cumplan los requisitos pueden solicitar el fraccionamiento o el aplazamiento de su deuda tributaria para lo cual deben utilizar el Formulario Virtual N° 1704, disponible en el portal institucional (www.sunat.gob.pe). El plazo para presentar la solicitud es hasta el 30 de setiembre.

¿Cuándo prescriben las deudas con la Sunat?

La prescripción es la acción de la SUNAT para determinar la deuda tributaria, exigir su pago y aplicar sanciones prescribe a los cuatro (4) años, y a los seis (6) años para quienes no hayan presentado la declaración respectiva.

¿Qué es la cobranza coactiva en el Perú?

Es un procedimiento por el que la Sunat te exige cumplir con deudas tributarias que no has podido pagar. La cobranza coactiva ocurre si la entidad te ha enviado documentos de cobranza, como órdenes de pago y resoluciones de determinación, y no has cancelado tu deuda o multa dentro del plazo.

¿Cuando la deuda se torna exigible?

La deuda tributaria se torna exigible coactivamente cuando se presentan algunas de las circunstancias establecidas en el artículo 115° del TUO del Código Tributario, lo que faculta a la Administración Tributaria a iniciar las acciones de coerción para su cobranza.

¿Cuáles son las deudas que se pueden fraccionar?

Se pueden fraccionar -cabe recordar- deudas exigibles y pendientes de pago en cualquier estado (en cobranza, reclamada, apelada, demanda contenciosa administrativa o en proceso de amparo) tales como: IGV, Impuesto a la Renta Anual. Las deudas por multas.