Preguntas comunes

Que enfermedades cubre el seguro de vida?

¿Qué enfermedades cubre el seguro de vida?

Seguro de vida todo riesgo Cubre enfermedad grave, fallecimiento, fallecimiento por accidente, fallecimiento por accidente de circulación, invalidez por accidente, invalidez por accidente de circulación e invalidez permanente absoluta.

¿Qué pasa si miento al contratar un seguro de vida?

Cuando el asegurado miente en su solicitud de seguro y no reporta alguna enfermedad preexistente, las aseguradoras podrían no pagar la suma asegurada. Que el cliente de la compañía de seguros cometa algún delito o muera cometiendo un acto ilícito, la aseguradora podría no pagar a los beneficiarios.

¿Qué tipo de muerte cubre un seguro de vida?

Con la cobertura por fallecimiento, el seguro de vida cubre el fallecimiento por cualquier causa: muerte natural, enfermedad, accidente, etc. ¿Qué es el capital asegurado? El capital asegurado es el capital que recibirán los beneficiarios en caso de fallecimiento del asegurado.

¿Qué es el seguro de enfermedades graves?

Te damos una indemnización de libre destinación para cubrir los gastos causados por el tratamiento de alguna enfermedad grave. Sin cláusulas de permanencia. Cobertura inmediata en caso de fallecimiento.

¿Qué se considera enfermedad grave para un seguro?

Se considera como enfermedad grave aquella que provoca en la persona afectada unos síntomas que suponen un riesgo cierto para su salud, por lo que requiere de una atención médica específica y urgente, para su contención e intento de recuperación.

¿Por qué es importante contratar un seguro de vida?

La misión principal de un seguro de vida es la de proteger económicamente a la familia del asegurado en caso de producirse su fallecimiento, o al propio asegurado al que se le ha declarado una invalidez permanente absoluta, de modo que, por ejemplo, se pueda hacer frente al pago de una hipoteca o de un préstamo, o se …

¿Qué se considera una enfermedad preexistente?

Se conoce como enfermedades preexistentes a aquellas dolencias, discapacidades y patologías que ha experimentado, o sigue padeciendo, una persona con anterioridad a la contratación de su seguro de salud, y sobre las que está obligado legalmente a informar a su compañía de seguros, para adaptar su protección en este …

¿Qué es preexistencia declarada?

La preexistencia se refiere, entonces, a las enfermedades o patologías, defecto congénito físico o alguna discapacidad que tenga la persona interesada antes de adquirir el plan de medicina prepagada.