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Cuanto tiempo hay que guardar los documentos en una empresa?

¿Cuánto tiempo hay que guardar los documentos en una empresa?

seis años
De acuerdo con el artículo 30 del Código de Comercio, los empresarios han de conservar los libros, correspondencia, documentación y justificantes concernientes a su negocio, debidamente ordenados, durante seis años, a partir del último asiento realizado en los libros.

¿Cuánto tiempo se deben guardar los comprobantes de pago?

“Si bien es la empresa la que tiene que demostrar la deuda, tener la factura y el comprobante de pago es la única forma de probar que pagaste el servicio. Por eso recomiendo guardarlos por dos años como mínimo”, explica.

¿Que no se debe archivar?

No se pueden archivar folios o documentos de temas diferentes. En las carpetas nuevas e identificadas solo se pueden archivar documentos originales. No se pueden guardar borradores, documentos de trabajo, invitaciones o demás documentos sin valor.

¿Cuánto tiempo se deben conservar las facturas?

Ante la Agencia Tributaria, ¿cuánto tiempo hay que guardar las facturas?, según establece la norma, habría que conservarlas hasta su prescripción, es decir, con documentos de IVA serían cuatro años, y, con documentos de IRPF, serían 5 años.

¿Qué se necesita para archivar documentos?

Tabla 1. Documentos importantes: ¿qué se debe conservar?, ¿por qué? y ¿durante cuánto tiempo?

¿Qué? ¿Por qué?
Facturas (actuales)
Facturas impagas Comprobantes de cuentas personales Facturas de servicios públicos Para garantizar el pago inmediato, para llevar un control del uso de los servicios públicos
Registros de la iglesia

¿Cuánto tiempo se han de guardar las facturas?

4 años
De acuerdo con el criterio de la Administración Tributaria, es necesario conservar todas las facturas y la documentación durante, al menos, 4 años.

¿Cuánto tiempo hay que guardar los recibos de la luz?

5 años: los recibos de los suministros (agua, electricidad, gas o teléfono), y los del pago del alquiler. Es el plazo durante el cual le pueden reclamar una deuda o el pago de un recibo atrasado.