Preguntas más frecuentes

Que es una excluyente de dominio?

¿Qué es una excluyente de dominio?

«TERCERÍA EXCLUYENTE DE DOMINIO. del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, consiste en que, quien no tiene la posesión de la cosa de la cual es propietario, sea declarado dominador sobre un bien y que el demandado se lo entregue con todos sus frutos y accesiones.

¿Qué son las tercerías excluyentes?

Las tercerías excluyentes son de dominio o de preferencia: en el primer caso deben fundarse en el dominio que sobre los bienes en cuestión o sobre la acción que se ejercita alega el tercero, y en el segundo, en el mejor derecho que éste deduzca para ser pagado.

¿Cuándo se interpone una tercería de dominio?

Están legitimados para iniciar una acción de tercería de dominio, quienes, sin ser parte en la ejecución: Afirmen ser dueños de un bien que ha sido embargado como perteneciente al ejecutado. Los titulares de derechos que legalmente, puedan oponerse al embargo o realización forzosa de los bienes embargados.

¿Cómo se resuelve la terceria de dominio?

La tercería de dominio se resuelve por medio de Auto que no produce efectos de cosa juzgada en relación con la titularidad del bien, pronunciándose exclusivamente sobre la pertenencia del bien y la procedencia de su embargo.

¿Cuándo se da la Terceria de propiedad?

La tercería de propiedad es aquella acción por la cual el propietario de un bien, afectado equivocadamente por una medida cautelar o de ejecución dictada en otro proceso para hacer efectiva una obligación ajena y en el cual no es parte, recurre ante el órgano jurisdiccional alegando que tiene la propiedad de los bienes …

¿Qué es la tercería de posesión?

La tercería de posesión es una disputa entre dos partes (proceso contencioso) en favor de una persona que siendo ajena al juicio principal es afectada en la posesión que ejerce sobre sus bienes, al ser éstos embargados en el marco de un proceso ejecutivo (demanda con la que se busca cobrar judicialmente una obligación) …

¿Cómo se notifica las Tercerias de posesion?

La interposición de ella debe notificarse por cédula, al ejecutante y al ejecutado, por medio de sus apoderados en el juicio. Ahora bien los requisitos para acreditar la posesión de los bienes embargados son los siguientes: Certificado de dominio vigente de la propiedad donde fueron a embargar.

¿Qué es la terceria de pago?

Concepto. La tercería de pago es aquella en que interviene un extraño en el juicio ejecutivo, pretendiendo derecho para concurrir en el pago con el ejecutante, a falta de otros bienes del deudor. Finalidad. Concurrir con el ejecutante al pago de los bienes embargados porque el deudor carece de otros bienes.

¿Cuándo procede el embargo?

Para llegar a un embargo, es necesario que el deudor caiga en mora, pues es una condicionante para que el acreedor interponga una demanda con la finalidad de iniciar un juicio ejecutivo mercantil y así, un juez especializado en la materia determine si el embargo procede o no.

¿Qué pasa si el embargo no cubre la deuda?

En el proceso el deudor tiene derecho a designar los bienes que han de embargarse. Además, si los bienes embargados no cubren el adeudo, el deudor sigue obligado a pagar conforme lo establecido con su acreedor, o bien, ser sujeto al embargo de otros bienes.

¿Qué pasa con la deuda después de un embargo?

¿Qué pasa después con los bienes que se embargan? En la fase de ejecución de un embargo una vez que exista una condena líquida y exigible a favor del acreedor, al agotarse un procedimiento judicial podrá dar inicio al remate judicial, en donde se venderán todos los bienes que se hayan embargado.

¿Qué pasa con un embargo?

El embargo es, en palabras simples, la retención de bienes llevada a cabo por un ministro de fe a través de la cual se retiran los bienes del deudor para luego rematarlos. Tiene por finalidad que el acreedor pueda obtener el pago de lo que le deben con el remate y venta de los bienes del deudor.

¿Cómo hago para saber si tengo embargos?

Para consultar si se tiene alguna deuda, según el apartado de Central de Deudores del Banco Central de la República Argentina (BCRA), se debe ingresar a la web del BCRA, dirigirse a la solapa en naranja BANCO CENTRAL Y VOS, y dentro de USOS FINANCIEROS, seleccionar la primera opción «CENTRAL DE DEUDORES».