Cuales son las partes del sistema penal acusatorio?
¿Cuáles son las partes del sistema penal acusatorio?
Partes del Sistema Penal Acusatorio
- Juez de Control.
- Fiscal del Ministerio Público.
- Asesor Jurídico.
- Abogado Defensor.
- Investigado – Imputado.
- Víctima.
- Policías de Investigación.
- Peritos.
¿Cuántos sujetos procesales están incluidos en el sistema penal acusatorio?
Los sujetos del procedimiento que tendrán la calidad de parte en los procedimientos previstos en este Código, son el imputado y su defensor, el Ministerio Público, la víctima u ofendido y su asesor jurídico.
¿Qué hace el juez de garantías?
El Juez Control de garantías sólo actuará cuando medie solicitud por parte de la Fiscalía General de la Nación, en quien recae la acción penal. Es el encargado de velar por el respeto de los derechos y garantías que le asisten a las partes intervinientes en el proceso penal.
¿Que requiere el juez de conocimiento para condenar?
Artículo 381. Conocimiento para condenar. Para condenar se requiere el conocimiento más allá de toda duda, acerca del delito y de la responsabilidad penal del acusado, fundado en las pruebas debatidas en el juicio. La sentencia condenatoria no podrá fundamentarse exclusivamente en pruebas de referencia.
¿Qué es conocimiento más allá de toda duda razonable?
Probar más allá de una duda razonable no implica prueba hasta una certeza absoluta. Eso no es prueba más allá de cualquier duda, ni es una duda imaginaria o frívola. Se requiere más que probar que el acusado es probablemente culpable. Un jurado qué concluye sólo que el acusado es probablemente culpable debe absolver.
¿Quién puede condenar?
La acción y efecto de condenar se denomina condena. Se trata de la sentencia que un juez o un tribunal impone a un reo tras un juicio. Esta sentencia reconoce la razón o el derecho a una de las partes involucradas en el proceso, obligando a la otra a cumplir con ciertas obligaciones.
¿Qué es condenar a una persona?
tr. Declarar culpable el juez [al reo] o decretar [contra un litigante], imponiendo la pena o sanción correspondiente; en general, declarar, juzgar culpado. Reprobar la autoridad competente [una doctrina u opinión].
