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Que personas participan en el proceso electoral?

¿Qué personas participan en el proceso electoral?

Entre éstos se encuentran: 1) autoridades electorales: Instituto Nacional Electoral, Organismo Públicos Locales Electorales, Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE), Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Autoridades electorales jurisdiccionales locales; 2) partidos …

¿Cuándo termina el proceso electoral?

1. El Proceso Electoral Ordinario se inicia en septiembre del año previo al de la elección y concluye con el Dictamen y declaración de validez de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

¿Qué es la etapa pre electoral?

ETAPA PREELECTORAL: comprende todas las actividades de control y supervisión electoral como son: Inscripción de cédulas, Conformación del censo electoral, Inscripción de candidatos, Designación de lugares de votación, Instalación de mesas de información, Solicitud de listas de jurados de votación, Designación de …

¿Qué características deben tener los electores en la primera etapa de la Republica de Colombia?

En el periodo de la Patria Boba 1810-1815, para ser sufragante primario se debía vivir de la renta o del trabajo, y tener más de 21 años o estar casado.

¿Cuándo se hacen elecciones atípicas?

Las elecciones atípicas son eventos electorales que se realizan por fuera del calendario electoral ordinario, con el fin de cubrir la vacancia absoluta de un mandatario y elegir una autoridad por el tiempo que resta del periodo constitucional del cargo, cuando esta vacancia se registra faltando 18 meses o más para la …

¿Cuándo se repiten las elecciones en Colombia?

De acuerdo con el artículo 9 del Acto Legislativo 01 de 2009, «Deberá repetirse por una sola vez la votación para elegir miembros de una corporación pública, gobernador, alcalde o la primera vuelta en las elecciones presidenciales, cuando el total de los votos válidos, los votos en blanco constituyan la mayoría.

¿Qué pasa si un alcalde es destituido?

Si la falta fuere temporal, excepto la suspensión, el Alcalde encargará de sus funciones a uno de los secretarios o quien haga sus veces. Si no pudiere hacerlo, el secretario de gobierno o único del lugar asumirá las funciones mientras el titular se reintegra o encarga a uno de sus secretarios.

¿Qué es vacancia absoluta?

» Son faltas absolutas: además de las establecidas por la ley; las que se causan por: muerte; la renuncia motivada y aceptada por la plenaria de la respectiva corporación; la pérdida de la investidura; la incapacidad física permanente y la sentencia condenatoria en firme dictada por autoridad judicial competente.

¿Cuáles son las faltas temporales del Presidente de la Republica?

Son faltas temporales la licencia y la enfermedad, de conformidad con el artículo precedente y la suspensión en el ejercicio del cargo decretada por el Senado, previa admisión pública de la acusación en el caso previsto en el numeral primero del artículo 175. ARTICULO 195.

¿Quién tiene la facultad de conceder licencias al Presidente?

Artículo 193 Corresponde al Senado conceder licencia al Presidente de la República para separarse temporalmente del cargo. Por motivo de enfermedad, el Presidente de la República puede dejar de ejercer el cargo, por el tiempo necesario, mediante aviso al Senado o, en receso de éste, a la Corte Suprema de Justicia.

¿Qué pasa si el presidente se enferma?

Artículo 84.- En caso de falta absoluta del Presidente de la República, en tanto el Congreso nombra al presidente interino o substituto, lo que deberá ocurrir en un término no mayor a sesenta días, el Secretario de Gobernación asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo.

¿Qué pasaría si el Presidente de la República se ausentara del territorio nacional sin el permiso del Congreso?

83. El Presidente y el Vicepresidente de la República no podrán ausentarse del país por un período superior a quince días, sin licencia del Congreso Nacional, bajo pena de pérdida del cargo.

¿Qué pasa si renuncia el presidente en Colombia?

El reemplazo del Presidente de la República La Constitución Política ha establecido que el Vicepresidente de la República tendrá el mismo período del Presidente y lo reemplazará en sus faltas temporales o absolutas, aun en el caso de que estas se presenten antes de su posesión (art. 202 C.N.).