Preguntas comunes

Cual es el RE del 21%?

¿Cuál es el RE del 21%?

En 2012 el Real-Decreto Ley 20/2012 modificó el IVA correspondiente con la famosa subida al 21% y modificó los recargos vigentes en la Agencia Tributaria (AEAT). Los tipos de recargo de equivalencia que se aplican desde entonces son los siguientes: IVA general al 21%: recargo de un 5,2%.

¿Cuál es el recargo de equivalencia?

El recargo de equivalencia es un tipo de régimen especial de IVA que se aplica a comerciantes minoristas, ya sean personas físicas o comunidades de bienes, nunca sociedades. Concretamente, a aquellos negocios que se ocupen a la venta al por menor de bienes que no hayan sido transformados por ellos.

¿Qué actividades están exentas del recargo de equivalencia?

Del Recargo de Equivalencia están exentos los siguientes comercios:

  • Maquinaria de uso industrial.
  • Productos del Petróleo sujetos a Impuestos Especiales.
  • Metales no manufacturados.
  • Minerales.
  • Materiales para Construcción.
  • Antigüedades y Arte Original.
  • Joyas.

¿Cuándo es obligatorio el recargo de equivalencia?

El recargo de equivalencia es un régimen especial de IVA, obligatorio para comerciantes minoristas que no realicen ningún tipo de transformación en los productos que venden, es decir, para comerciantes autónomos que vendan al cliente final.

¿Quién paga el recargo de equivalencia?

El recargo de equivalencia no lo paga directamente el comerciante a Hacienda, pero sí que está contemplado. Es el proveedor el que repercute ese cargo de equivalencia a los comerciantes minoristas, dependiendo del tipo IVA general que tenga ese producto.

¿Cuánto es el recargo de equivalencia 2020?

Los proveedores repercuten IVA y recargo De esta manera en productos con tipos del 21% de IVA, el recargo será del 5,2%. Si se comercializan productos con un tipo de l 10%, el recargo será del 1,4%, mientras que si se trata de productos con un tipo súper reducido del 4% el recargo será del 0,5%.

¿Cuánto es el recargo de equivalencia 2021?

Asi pues los recargos de equivalencia aplicables en 2021 serian: El 5,2 % que estaria ligado al tipo general del IVA es decir el 21 , con lo cual cuando un comerciante compre un bien que quiera revender y que se le tenga que aplicar un 21% , el debera pagar un 26,2%

¿Cómo se aplica el recargo de equivalencia en una factura?

¿Cómo se aplica el recargo de equivalencia en las facturas?

  1. Para productos y servicios gravados al tipo general de IVA (21%), le añadirá el 5,2%.
  2. Para los productos y servicios al tipo reducido de IVA (10%), le añadirá el 1,4%.
  3. Para los productos y servicios al tipo superreducido de IVA (4%), le añadirá un 0,5%.

¿Cómo se calcula el porcentaje de recargo?

Divide la cantidad añadida al precio por la cantidad que te cuesta comprar el artículo para encontrar el recargo de precio expresado en decimales. En este ejemplo, tienes que dividir US$ 2 por US$ 6 para obtener 0,3333.

¿Cómo se calcula el 10% de recargo?

En definitiva, para sacar el 10 por ciento de algo tenemos que multiplicar el número por 0,1. Para que quede más claro, a continuación vamos a ver cómo se aplica lo anterior a un ejemplo práctico.

¿Qué significa un recargo del 10%?

El recargo tributario o recargo fiscal, por lo tanto, es un porcentaje extra que se suma a la alícuota de un tributo. En un país X, la compra de automóviles 0 kilómetro está gravada con un 10%. El porcentaje que se aplica sobre el salario normal suele ser inferior al 50%.