¿Cuánto tiempo dura la licencia por enfermedad?
¿Cuánto tiempo dura la licencia por enfermedad?
La trabajadora tiene derecho a una licencia por enfermedad. hasta 3 meses al año si la antigüedad en el trabajo es menor a 5 años; hasta 6 meses si la antigüedad es mayor a 5 años.
¿Cuánto tiempo se puede estar con carpeta médica?
Depende de dos variables: Antigüedad y Cargas de Familia del trabajador. → 3 meses si la antigüedad del trabajador es menor a cinco (5) años y no posee cargas de familia. → 6 meses si la antigüedad del trabajador es mayor a cinco (5) años y no posee cargas de familia.
¿Qué significa licencia por enfermedad?
La Ley de Contrato de Trabajo Argentina, establece que cada accidente o enfermedad que no sean consecuencia del trabajo, no afectarán el derecho del trabajador a percibir su remuneración, durante un período que va desde los 3 meses hasta los 12 meses, según la antigüedad y cargas de familia que tenga el operario.
¿Cuánto te pagan por licencia médica?
También debes tener en cuenta que te pagarán la licencia con respecto a tu base imponible. El pago de la licencia tiene un tope de UF 66,4. (1 millón 500 mil pesos, aprox). Si tu base imponible es mayor, te pagarán sólo hasta dicha cantidad.
¿Cuántos días de licencia pagan?
Si la licencia médica tiene una duración de 11 o más días se pagan desde el primer día. Por el contrario, si la licencia médica tiene una duración inferior a 11 días, se pagan desde el cuarto día.
¿Por qué no se pagan los tres primeros días de licencia?
Los tres primeros días de una licencia médica no son pagados por el sistema previsional. La única excepción es cuando la empresa lo tiene como un beneficio. Ahora, si una licencia dura 10 días o menos, no se cuenta con derecho al subsidio ni el empleador se encuentra obligado a pagar su remuneración.
¿Cuántos días de licencia médica tengo derecho?
A los que tengan de uno a cinco años de servicios, hasta treinta días con goce de sueldo íntegro y hasta treinta días más con medio sueldo. A los que tengan de diez años de servicio en adelante, hasta sesenta días con goce de sueldo integro y hasta sesenta días más con medio sueldo.
